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Economía
JUBILACIÓN

El INSS lo confirma: los jubilados que no hagan esto antes del 31 de marzo van a perder su pensión

Disfrutar de una merecida y placentera jubilación es el deseo de la mayoría de los trabajadores de nuestro país. Tras estar más de 30 años trabajando sin parar, descansar junto a una pensión ganada con el sudor de la frente es muy reconfortante. Sin embargo, si quieres disfrutar de esta pensión desde el extranjero, tienes que presentar este documento al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) antes de fin de mes.

El 31 de marzo es la fecha límite para presentar al (INSS) la fe de vida. La fe de vida es un documento que garantiza que el beneficiario de la pensión que vive en el extranjero sigue con vida. Esto se debe a que, en algunos casos, Hacienda no tiene una relación muy fluida con las instituciones de nuestro país, por lo que no puede garantizar que el pensionado siga con vida y deba seguir cobrando dicha pensión.

Según la Seguridad Social, la fe de vida es «documento expedido por el Registro Civil que acredita que, en la fecha de su expedición, la persona a la que se refiere se encuentra viva, así como su estado civil». Si el 31 de marzo los jubilados no han enviado dicho documento, verán cómo su pensión mensual dejará de ser ingresada. Sin embargo, no es un parto total en el ingreso del dinero, sino que un congelamiento temporal hasta que se entregue la documentación correspondiente.

Esta solicitud de la Seguridad Social responde a una nueva época en Hacienda en la que se realizarán cambios burocráticos de todo tipo. A partir de ahora, el INSS solicitará a los jubilados residentes en el extranjero la solicitud de vida en tres momentos distintos del año: en enero, mayo y septiembre. La modernización del INSS hace que sea extremadamente sencillo entregar este documento; a través de la aplicación VIVESS se puede entregar la fe de vida en segundos.