Hay una forma de aumentar tu pensión: el truco para hacerlo sin trabajar más de la cuenta
En una época de creciente preocupación por los sistemas de pensiones y la incertidumbre sobre el monto que los futuros jubilados recibirán, es natural que muchos trabajadores busquen estrategias para asegurar una pensión más alta sin tener que extender innecesariamente su vida laboral.
La jubilación es uno de los deseos más anhelados por muchos trabajadores, especialmente aquellos que se encuentran cerca de la tercera edad y han dedicado toda su vida al trabajo. Esta pensión, en teoría, debería proporcionar una vida cómoda y financieramente estable. Sin embargo, en muchos casos, resulta insuficiente debido a los planes de pensiones establecidos por la Agencia Tributaria. Afortunadamente, existe un método para que los jubilados o trabajadores aumenten su prestación sin necesidad de trabajar, mediante un ‘sencillo’ truco.
Este truco consiste en suscribir un convenio especial con la Seguridad Social. Este acuerdo puede ser la solución perfecta para aquellos que desean aumentar su jubilación sin estar empleados. Dicho convenio permite generar, mantener o ampliar el derecho a la pensión, asegurando que se cumpla un mínimo de quince años de cotización para poder acceder a la jubilación contributiva. Según la Ley 8/2025, General de la Seguridad Social, es imprescindible acreditar al menos 15 años de cotización para tener derecho a la jubilación contributiva.
La Agencia Tributaria, que opera bajo la supervisión del Ministerio de Hacienda, se rige por principios que respetan los derechos de los contribuyentes. Su objetivo principal es garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Entre sus funciones se encuentra la de asegurar la financiación de los servicios públicos y el bienestar social en España. Además, gestiona y recauda impuestos, ofrece asistencia al contribuyente, realiza inspecciones fiscales y combate el fraude fiscal.
Para aquellas personas que se preguntan cómo pueden aumentar su pensión de jubilación, es importante saber que hay ciertas personas que pueden beneficiarse de este ‘atajo’ de la Seguridad Social.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
- Trabajadores con contratos indefinidos -pueden suscribir un convenio especial para continuar cotizando.
- Personas que se den de baja en algún régimen contributivo -este convenio les permite seguir cotizando y aumentar su pensión futura-.
- Autónomos, -siempre que continúen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), hayan cumplido 65 años y acrediten los años de cotización necesarios para quedar exentos de cotizar-.
- Personas en pluriempleo o pluriactividad, -aquellos que cesen en alguna de las actividades, ya sea por cuenta propia o ajena, pueden beneficiarse de este convenio.
- Pensionistas de incapacidad permanente parcial y total para la profesión habitual, -pueden optar por suscribir un convenio especial.
- Beneficiarios de prestaciones por desempleo que dejen de cobrarlas, -pueden suscribir el convenio para mejorar sus cotizaciones-.
Aquellos que causen baja de solicitud de una pensión contributiva y esta les sea denegada, También pueden beneficiarse de este acuerdo.
El Convenio Especial General de la Seguridad Social es el más común y permite cotizar para la jubilación, incapacidad permanente o las pensiones de muerte y supervivencia. Estos convenios ofrecen una tranquilidad financiera adicional en situaciones de desempleo o interrupción laboral. Para suscribirse a un convenio especial, es necesario demostrar una cierta cantidad de días cotizados en los años anteriores, además de cumplir con los requisitos específicos según la situación de cada individuo.
Por ejemplo, un trabajador con contrato indefinido que decide suscribir un convenio especial podría seguir cotizando a la Seguridad Social incluso después de haber cesado en su empleo, lo que le permitiría aumentar su pensión de jubilación futura. Del mismo modo, un autónomo que ha cumplido 65 años y que ha cotizado lo suficiente podría beneficiarse de este convenio para seguir cotizando y mejorar su pensión.
La jubilación hasta 2027
Hasta 2027, las edades de jubilación en España presentarán ajustes basados en los años de cotización:
- En 2024, la edad aumenta dos meses a 66 años y 6 meses con menos de 38 años cotizados, mientras que con 38 años o más, es posible jubilarse a los 65 años.
- En 2025, la edad ordinaria será de 66 años y 8 meses con menos de 38 años y 3 meses cotizados, y a los 65 años con 38 años o más.
- En 2026, la edad de jubilación sube dos meses, siendo 66 años y 10 meses con menos de 38 años y 3 meses cotizados, o a los 65 años con 38 años o más.
- A partir de 2027, la jubilación ordinaria será a los 67 años con menos de 38 años y 6 meses cotizados, o a los 65 años con 38 años y 6 meses o más cotizados.
De este modo, suscribir un convenio especial con la Seguridad Social es una opción viable para aquellos que desean aumentar su pensión de jubilación sin necesidad de trabajar. Este acuerdo permite mantener y/o incrementar las cotizaciones, asegurando así una pensión más alta y una mayor estabilidad financiera en la tercera edad.
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