Hacienda va a por ti: cuidado con el dinero que le das a tus hijos
Hacienda te puede poner una multa de hasta el 150% del dinero que les has dado a tus hijos
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La práctica de heredar en vida mediante donaciones de bienes y patrimonio está en aumento. Este método permite eludir el Impuesto de Sucesiones, pero se puede convertir en un riesgo si Hacienda detecta que se está utilizando de manera inadecuada. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se aplica a este tipo de transferencias y su regulación varía según la comunidad autónoma, teniendo en cuenta el lugar de residencia del donante en los últimos cinco años antes de la donación. A pesar de esto,Hacienda tiene la autoridad para solicitar a los bancos información sobre cualquier transacción realizada entre cuentas, independientemente de la cuantía.
Cabe señalar que los bancos tienen la obligación de informar a la Agencia Tributaria sobre movimientos bancarios que superen los 3.000 euros. Sin embargo, es las donaciones no están exentas de tributación, incluso si no alcanzan esta cantidad. La normativa vigente no fija un límite específico a partir del cual sea obligatorio declarar las donaciones, por lo que, para evitar cualquier tipo de problema, lo más prudente es informar a Hacienda de cualquier donación. Sin embargo, en la práctica, la Agencia Tributaria no suele prestar atención a las pequeñas transferencias de dinero o los regalos de poco valor.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
La donación es una transferencia gratuita de bienes, generalmente realizada entre familiares, que aparenta ser sencilla y exenta de complicaciones. Sin embargo, conlleva varias condiciones que, de no cumplirse, pueden resultar en sanciones económicas por parte de Hacienda. En el caso de las donaciones de padres a hijos, están reguladas por ley, abarcando tanto los impuestos aplicables como las consecuencias en la transmisión hereditaria posterior. Para beneficiarse de las ventajas fiscales disponibles en la mayoría de las comunidades autónomas, se deben cumplir ciertos requisitos que acrediten la existencia y condiciones de la donación.
El tratamiento fiscal de las donaciones entre padres e hijos es preferencial en muchas comunidades autónomas de España. Estas bonificaciones están diseñadas para minimizar la carga impositiva y facilitar la transferencia de bienes y dinero entre familiares cercanos.
Las legislaciones autonómicas suelen ofrecer reducciones y bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como en el IRPF, con mayores rebajas cuando la donación es entre parientes cercanos. En algunos casos, las reducciones pueden ser tan significativas que el importe a pagar se reduce drásticamente, especialmente si la donación se destina a la adquisición de la primera vivienda habitual del hijo.
Cabe destacar que las donaciones se deben liquidar a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con un plazo de 30 días hábiles para hacerlo. No declarar una donación puede resultar en multas severas por parte de Hacienda, que podría interpretar que hubo intento de ocultación. Las sanciones varían según el tipo de infracción:
- Infracción leve: una multa del 50% del importe no declarado, aplicable si no supera los 3.000 euros.
- Infracción grave: una multa del 100% del importe, aplicable si supera los 3.000 euros y hubo ocultación.
- Infracción muy grave: una multa del 150% del importe, aplicable en casos de uso de medios fraudulentos o retención indebida de cantidades.
Transferencias que vigila la Agencia Tributaria
Cuando una transferencia supera los 6.000 euros y no se informa a la Agencia Tributaria, se puede considerar un posible delito fiscal, como evasión, blanqueo o fraude. Los bancos están obligados a notificar a Hacienda sobre estas transacciones, así como sobre movimientos inusuales. Según la Agencia Tributaria, cualquier cambio en la ubicación o posesión de dinero fuera del domicilio del titular, incluyendo moneda, cheques, pagarés, órdenes de pago al portador y tarjetas prepago no nominativas, se considera un movimiento.
Aunque la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales establece un límite de 10.000 euros para transferencias, muchos bancos restringen los movimientos digitales a 6.000 euros. La legislación prohíbe la entrada o salida del territorio nacional con medios de pago por valor igual o superior a 10.000 euros y movimientos dentro del país por 100.000 euros o más.
No informar a la Agencia Tributaria sobre una transferencia puede resultar en multas que van del 2% al 25% del importe no declarado. Si la cantidad supera los 10.000 euros, la multa podría ser de 2.500 euros, y presentar modelos con información incompleta, inexacta o falsa podría acarrear una multa de 150 euros. Hacienda tiende a investigar más detenidamente ingresos superiores a 3.000 euros, ingresos de billetes de 500 euros, ingresos recurrentes y cuantías superiores a 6.000 euros en créditos y 10.000 euros en transacciones.
La Orden Ministerial EHA/1439/2006 acerca de la obligación de declaración de movimientos de efectivo determina que cualquier persona que viaje fuera de España o ingrese al país con dinero en efectivo o cheques bancarios al portador por una cuantía igual o superior a 10.000 euros debe declararlo mediante el formulario S1.
En cuanto a Bizum, la plataforma establece un límite máximo de 1.000 euros por envío y un límite de 10.000 euros anuales para declarar las sumas recibidas a través de este sistema. Autónomos y propietarios de negocios deben declarar los envíos recibidos de Bizum como cualquier otro ingreso.