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Fedea alerta del coste de las nuevas jubilaciones flexibles: «Supone un riesgo para las pensiones»

La jubilación activa permite disfrutar de la pensión a la vez que el pensionista realiza un trabajo

fedea, gobierno

Fedea, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada, ha advertido en un informe difundido este lunes de los riesgos financieros para el sistema de la Seguridad Social del último acuerdo de pensiones alcanzado entre el Gobierno, CCOO, UGT, CEOE y Cepyme, en el que se modifican algunos aspectos de la normativa que regula las modalidades de jubilación activa, flexible y demorada.

La jubilación voluntaria demorada permite a los trabajadores por cuenta propia o ajena prolongar su vida laboral, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación (67 con carácter general y 65 cuando se han cotizado más de 38 años y medio), a cambio de recibir algunos beneficios en su futura pensión de jubilación.

En concreto, el estudio, realizado por el analista sénior de Fedea y exdirector del Gabinete Económico de CCOO, Miguel Ángel García, pone el acento en lo que, para el autor, es la novedad más importante del acuerdo: la posibilidad de combinar los beneficios de la jubilación demorada y la jubilación activa.

De esta forma, por cada año completo de demora de la jubilación, el pensionista recibe un 4% de incremento de su pensión o, si lo prefiere, una cantidad a tanto alzado, que va desde los 5.000 a los 12.000 euros, dependiendo de los años cotizados, o una combinación de ambas posibilidades.

La jubilación activa

La jubilación activa, por su parte, permite disfrutar de la pensión a la vez que el pensionista realiza un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.

En ambos casos se puede acceder a esta modalidad de jubilación cuando el acceso a la pensión se haya producido al menos un año después de haber cumplido la edad para el acceso ordinario y se disponga del 100% de la base reguladora, es decir, una carrera profesional completa (37 años cotizados). La cuantía de la pensión a percibir mientras se trabaja es del 50% para los trabajadores asalariados y del 100% para los trabajadores por cuenta propia cuando acrediten tener contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena.

El último acuerdo de pensiones modifica algunas de las condiciones de la jubilación demorada y activa y establece un plazo de seis meses para revisar la regulación de la jubilación flexible «con el fin de incentivar el acceso a esta modalidad mejorando el porcentaje a percibir».

El texto del acuerdo mantiene el porcentaje adicional percibido en el caso de la jubilación demorada en el 4% por año completo adicional trabajado, pero se flexibiliza su acceso al permitir cobrar el 2% por semestre, buscando incentivar su uso a quienes no quieren permanecer un año completo adicional.

Para García, la novedad más relevante del acuerdo es que permitirá que una persona que se acoja a la jubilación activa para seguir trabajando mientras percibe al menos una parte de su pensión tendrá, además, derecho a los incentivos por demora que recoge la normativa. Al mismo tiempo, se modifica al alza desde el segundo año de actividad después del cumplimiento de la edad legal el porcentaje de la pensión que cobran los trabajadores acogidos a la jubilación activa.

Con la nueva norma, una persona con 66 años (un año después de su edad de jubilación ordinaria si ha cotizado más de 38 años y medio) o 68 años (si ha cotizado menos) y que trabaje un año más, recibirá su salario, el 45% de su pensión y acumulará un suplemento a su pensión del 4% que empezará a cobrar cuando acceda a la pensión. Si trabaja dos años adicionales percibirá el salario, un 55% de la pensión y acumulará un 8% más de cara a su pensión futura. En el quinto año de diferimiento del acceso a la jubilación, percibirá el salario, el 100% de su pensión y acumulará un 20% en su pensión que cobrará el resto de su vida como pensionista.

En términos financieros, Fedea avisa de que estas medidas podrían generar un mayor coste para el sistema de pensiones respecto a la situación previa, al añadir ahora el porcentaje por diferimiento de la jubilación (4% por cada año añadido a la pensión inicial), al pago realizado en el periodo adicional de trabajo remunerado (entre el 45 y 100% de la cuantía de la pensión). De ser así, además, el posible uso de esta nueva modalidad por más personas aumentaría aún más en términos agregados el gasto futuro en pensiones, apunta el informe.

«Habría que analizar con cuidado los efectos financieros de las nuevas medidas para el sistema de pensiones. A falta de un estudio en profundidad, hay motivos para pensar que el aumento en la generosidad de los incentivos podría generar un peso muerto importante, aumentando el gasto sin un efecto proporcional sobre el retraso de la edad de jubilación al que el Gobierno fía en buena parte la sostenibilidad de la reciente reforma», subraya el texto.

Para Fedea, aunque la reducción de los obstáculos existentes para la prolongación de la vida laboral ha de valorarse positivamente, especialmente en un contexto de intenso envejecimiento de la población, las medidas adoptadas en el acuerdo resultan «insuficientes» al mantener «trabas innecesarias» para compatibilizar el trabajo remunerado con la pensión, como la espera de un año para el acceso a la jubilación y la imposición de límites sobre la jornada laboral.

También lamenta que no se haya aprovechado este acuerdo de pensiones para establecer condiciones atractivas para las empresas, como la eliminación de los costes de despido para los trabajadores que continúen trabajando más allá de la edad legal de jubilación y la posibilidad de renegociar sus salarios y otras condiciones laborales.

La regulación del contrato de relevo

El último acuerdo de pensiones, firmado la semana pasada en Moncloa por el Gobierno y los agentes sociales, también mejora la aplicación de la jubilación parcial con contrato de relevo.

Según Fedea, esta medida beneficia a las empresas, fundamentalmente a las más grandes, que podrán rejuvenecer su plantilla sin incurrir en costes de despido, y también a sus trabajadores, que evitarán los coeficientes reductores en su pensión.

No obstante, advierte de que esto podría «deteriorar» la equidad en el trato de los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas (pymes).

«Las medidas acordadas en el ámbito de la jubilación parcial con contrato de relevo incentivan un mayor uso de esta modalidad, muy concentrada en las grandes empresas, con el correspondiente incremento de coste para el sistema de pensiones. También genera una pérdida de equidad personal al no estar extendida en la práctica a los trabajadores de todas las empresas porque, sobre todo, las pequeñas empresas no tienen posibilidad de aplicar las condiciones necesarias de reparto de empleo que exige esta modalidad contractual», denuncia el estudio.

Fedea ve»Improbable» una reducción

El último acuerdo de pensiones abre la posibilidad de suscribir convenios entre los servicios autonómicos de salud, las mutuas y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para la utilización de los recursos humanos y materiales de las mutuas, pero limitado a enfermedades del aparato musculoesquelético que hayan superado en la provincia y/o en la comunidad autónoma las duraciones recogidas en el manual de tiempos óptimos de incapacidad temporal editado por el INSS.

Para Fedea, la posibilidad de que las mutuas puedan jugar un papel más importante en la gestión de las bajas laborales por algunas patologías puede implicar «ciertas ganancias» en la eficiencia de la gestión de la incapacidad temporal (IT), pero ve «improbable» que pueda reducir «significativamente» el crecimiento del gasto en esta prestación, que se ha triplicado desde 2000 a 2023, hasta superar los 14.000 millones de euros.

Asimismo, en apariencia, cree que esta medida conllevará «bastantes costes administrativos».

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