La fecha clave en la devolución del IRPF: Hacienda manda un aviso a los jubilados mutualistas
Los mutualistas que están esperando una devolución de Hacienda por el IRPF cobrarán en las próximas semanas
Los mutualistas que están esperando la devolución del IRPF por parte de la Agencia Tributaria recibirán las cantidades pendientes antes de 2026. Hacienda ya ha comenzado a saldar su deuda con los millones de jubilados que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la devolución del IRPF a los mutualistas.
El 25 de julio el Congreso aprobó una enmienda en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro de vehículos a motor que daba el OK al Ministerio de Hacienda para que iniciara la devolución en un pago único de las cantidades millonarias que se adeudan a los jubilados que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales. Esto pone fin a un culebrón de hace un año, cuando el ministerio que dirige María Jesús Montero decidió, por sorpresa, cancelar los pagos tras haber desembolsado 1.300 millones.
Así que en las próximas semanas los jubilados que en su día se vieron beneficiados por la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo (se calcula que alrededor de 4,8 millones de españoles) podrán realizar la solicitud de lo correspondiente a los ejercicios de entre 2019 y 2022 y los anteriores no preescritos. Las cantidades en algunos casos pueden llegar hasta los 4.000 euros y el pago será de forma única.
Fechas claves para los mutualistas
La Agencia Tributaria mandó un mensaje a los mutualistas que están esperando la devolución del IRPF dejando claro que esta se podrá hacer «mediante la presentación del formulario de solicitud de devolución puesto a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria».
Así que, como ya se estipuló antes de cancelar los pagos, los mutualistas que tienen pendiente un ingreso de las cantidades correspondientes tendrán que realizar la solicitud a través de los canales oficiales de la Agencia Tributaria. Para poder completar este formulario sólo habrá que indicar los datos personales y el número de cuenta al que irá el dinero en cuestión.
La Agencia Tributaria también informó en un comunicado publicado después del visto bueno del Congreso el pasado mes de julio que los mutualistas que completaron el formulario antes del 26 de julio de 2025 no tendrán la necesidad de volver a presentarlo. «Si ya se presentó el nuevo formulario de solicitud de devolución con anterioridad al 26 de julio de 2025, este sirve para solicitar las devoluciones de los ejercicios 2020, 2021 y 2022, y no hay que volver a presentarlo», informa en un comunicado. En caso de aún no haberlo presentado, los plazos son los siguientes:
- El 2 de febrero de 2026 para que tenga efectos sobre IRPF 2020, 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2027 para que tenga efectos sobre IRPF 2021 y 2022.
- El 2 de febrero de 2028 para que tenga efectos sobre IRPF 2022.
Y, la pregunta del millón: ¿cuándo pagará Hacienda? La Agencia Tributaria se ha fijado un plazo de hasta el 31 de diciembre para proceder a la devolución del IRPF a los mutualistas. Los formularios más sencillos serán resueltos en apenas unas semanas y los más complejos tendrán una mayor demora, como suele ocurrir con la declaración de la renta. A partir del 1 de enero, Hacienda tendrá que pagar un interés del 4% a las personas que no hayan ingresado las cantidades correspondientes.
Cómo realizar la solicitud
La Agencia Tributaria ha publicado un vídeo a través de sus redes sociales en el que explica a los mutualistas jubilados los pasos a seguir para proceder a la devolución de las cantidades pendientes.
En los casos en los que el mutualista jubilado hubiera fallecido entre los periodos de 2019 y 2024, el formulario podrá ser presentado por uno de los sucesores o herederos, que podrán recibir las cantidades pendientes por el IRPF.
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