Jubilación

Ésta es la fecha en la que te podrás jubilar: lista por años

Jubilar
Un matrimonio revisando unos documentos.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La edad de jubilación en España quedó establecida en la última reforma de las pensiones en los 65 años, siempre y cuando se hayan cotizado al menos 38 años y seis meses para el año 2027. Este cambio marca el último paso de una escala que se implementa desde 2024 y se extiende durante los siguientes tres años, incrementando gradualmente las cotizaciones necesarias para jubilarse a los 65 años. Además, los nuevos umbrales contemplarán el retraso de la jubilación para aquellos que, al cumplir los 65 años, no alcancen la cotización requerida para jubilarse, fijando la edad en 67 años a partir de 2027.

Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria en 2025, se requerirá una edad mínima de 63 años con al menos 38 años y tres meses cotizados. En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, la edad mínima será de 61 años con la misma cotización de 38 años y tres meses. Es importante tener en cuenta que las pensiones en estos casos no alcanzan el 100% de la pensión máxima, y se pueden aplicar recortes de hasta un 30% dependiendo de las circunstancias particulares de cada trabajador.

Año de jubilación según la fecha de nacimiento

En 2024, se establece que quienes tengan 38 o más años cotizados podrán jubilarse a los 65 años. En cambio, aquellos con menos de 38 años de cotización deberán esperar hasta los 66 años y 6 meses para acceder a la jubilación ordinaria.

Para el año 2025, la normativa exige que las personas con 38 años y 3 meses o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años. Sin embargo, si tienen menos de 38 años y 3 meses cotizados, la edad de jubilación se incrementa a 66 años y 8 meses.

En 2026, se mantiene la edad de jubilación a los 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses o más. Para aquellos con un período de cotización menor a 38 años y 3 meses, la edad de jubilación se eleva a 66 años y 10 meses.

A partir de 2027, el umbral se ajusta nuevamente: aquellos con 38 años y 6 meses o más de cotización podrán jubilarse a los 65 años. Por otro lado, los que no alcancen ese período de cotización deberán esperar hasta los 67 años para jubilarse de manera ordinaria.

  • Nacidos en 1959: 2024 (con 38 años y seis meses o más de cotizaciones) o 2026 (con menos de 38 años y seis meses de cotizaciones)
  • Nacidos en 1960: 2025 (con 38 años y seis meses o más de cotizaciones) o 2027 (con menos de 38 años y seis meses de cotizaciones)
  • Nacidos en 1961: 2026 o 2028, según los años cotizados
  • Nacidos en 1962: 2027 o 2029, según los años cotizados
  • Nacidos en 1963: 2028 o 2030, según los años cotizados
  • Nacidos en 1964: 2029 o 2031, según los años cotizados
  • Nacidos en 1965: 2030 o 2032, según los años cotizados
  • Nacidos en 1966: 2031 o 2033, según los años cotizados
  • Nacidos en 1967: 2032 o 2034, según los años cotizados
  • Nacidos en 1968: 2033 o 2035, según los años cotizados
  • Nacidos en 1969: 2034 o 2036, según los años cotizados
  • Nacidos en 1970: 2035 o 2037, según los años cotizados
  • Nacidos en 1971: 2036 o 2038, según los años cotizados
  • Nacidos en 1972: 2037 o 2039, según los años cotizados
  • Nacidos en 1973: 2038 o 2040, según los años cotizados
  • Nacidos en 1974: 2039 o 2041, según los años cotizados
  • Nacidos en 1975: 2040 o 2042, según los años cotizados
  • Nacidos en 1976: 2041 o 2043, según los años cotizados
  • Nacidos en 1977: 2042 o 2044, según los años cotizados
  • Nacidos en 1978: 2043 o 2045, según los años cotizados
  • Nacidos en 1979: 2044 o 2046, según los años cotizados
  • Nacidos en 1980: 2045 o 2047, según los años cotizados
  • Nacidos en 1981: 2046 o 2048, según los años cotizados
  • Nacidos en 1982: 2047 o 2049, según los años cotizados
  • Nacidos en 1983: 2048 o 2050, según los años cotizados
  • Nacidos en 1984: 2049 o 2051, según los años cotizados
  • Nacidos en 1985: 2050 o 2052, según los años cotizados
  • Nacidos en 1986: 2051 o 2053, según los años cotizados
  • Nacidos en 1987: 2052 o 2054, según los años cotizados
  • Nacidos en 1988: 2053 o 2055, según los años cotizados
  • Nacidos en 1989: 2054 o 2056, según los años cotizados
  • Nacidos en 1990: 2055 o 2057, según los años cotizados
  • Nacidos en 1991: 2056 o 2058, según los años cotizados
  • Nacidos en 1992: 2057 o 2059, según los años cotizados
  • Nacidos en 1993: 2058 o 2060, según los años cotizados
  • Nacidos en 1994: 2059 o 2061, según los años cotizados
  • Nacidos en 1995: 2060 o 2062, según los años cotizados
  • Nacidos en 1996: 2061 o 2063, según los años cotizados
  • Nacidos en 1997: 2062 o 2064, según los años cotizados
  • Nacidos en 1998: 2063 o 2065, según los años cotizados
  • Nacidos en 1999: 2064 o 2066, según los años cotizados
  • Nacidos en 2000: 2065 o 2067, según los años cotizados
  • Nacidos en 2001: 2066 o 2068, según los años cotizados
  • Nacidos en 2002: 2067 o 2069, según los años cotizados
  • Nacidos en 2003: 2068 o 2070, según los años cotizados
  • Nacidos en 2004: 2069 o 2071, según los años cotizados
  • Nacidos en 2005: 2070 o 2072, según los años cotizados
  • Nacidos en 2006: 2071 o 2073, según los años cotizados
  • Nacidos en 2007: 2072 o 2074, según los años cotizados
  • Nacidos en 2008: 2073 o 2075, según los años cotizados
  • Nacidos en 2009: 2074 o 2076, según los años cotizados
  • Nacidos en 2010: 2075 o 2077, según los años cotizados
  • Nacidos en 2011: 2076 o 2078, según los años cotizados
  • Nacidos en 2012: 2077 o 2079, según los años cotizados
  • Nacidos en 2013: 2078 o 2080, según los años cotizados
  • Nacidos en 2014: 2079 o 2081, según los años cotizados
  • Nacidos en 2015: 2080 o 2082, según los años cotizados
  • Nacidos en 2016: 2081 o 2083, según los años cotizados
  • Nacidos en 2017: 2082 o 2084, según los años cotizados
  • Nacidos en 2018: 2083 o 2085, según los años cotizados
  • Nacidos en 2019: 2084 o 2086, según los años cotizados
  • Nacidos en 2020: 2085 o 2087, según los años cotizados
  • Nacidos en 2021: 2086 o 2088, según los años cotizados
  • Nacidos en 2022: 2087 o 2089, según los años cotizados
  • Nacidos en 2023: 2088 o 2090, según los años cotizados

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