Las deducciones clave de la declaración de la renta que casi nadie pide con las que siempre te devuelven dinero
Las deducciones permiten a los contribuyentes ahorrar dinero en impuestos en la declaración de la renta
La campaña de la declaración de la renta comenzó el miércoles 8 de abril y desde esta fecha hasta el próximo 30 de junio millones de españoles tendrán que declarar los ingresos correspondientes a 2025. Hacienda también permite a los contribuyentes acceder a diferentes deducciones de carácter estatal y autonómico para poder ahorrar dinero en impuestos. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las deducciones en la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria inauguró la campaña de la renta el 8 de abril y hasta el próximo 30 de junio los trabajadores que superen los 22.000 euros de ingresos en 2025 tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta. Este límite bajará a los 15.876 euros para los contribuyentes que tengan varios pagadores y el segundo de ellos supere los 1.500 euros. Los trabajadores autónomos, independientemente de sus ingresos, tendrán la obligación de hacer el ejercicio del IRPF. También estarán obligados a declarar sus ingresos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital. Finalmente, y después de otro giro de guion del Gobierno, los desempleados no tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria ha confirmado a través de sus canales oficiales las fechas de esta campaña de la renta. Son las siguientes:
- Del 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025.
- Del 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 por teléfono.
- Del 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 presencialmente en sus oficinas.
Las deducciones en la declaración de la renta
Hacienda permitirá a los contribuyentes acogerse a determinadas deducciones, de carácter estatal y autonómico, para poder ahorrar impuestos en la declaración. El gasto efectuado durante el año se restará a la base imponible para que el resultado pueda salirle ‘a devolver’ a los ciudadanos. Es decir, esto es una especie de ayuda aprobada desde el Gobierno estatal y los autonómicos con el objetivo de generar un beneficio a los ciudadanos que cumplan con los requisitos que establece la Administración.
Esto, por ejemplo, afecta al tema de la vivienda. Los contribuyentes podrán acceder a una deducción por haber realizado obras de eficiencia energética en su vivienda, que podrán deducirse entre el 20% y el 60% del coste de las mismas. En esta materia, las distintas comunidades también ofrecen ayudas en concepto de alquiler solo para los inquilinos que puedan demostrar que es su vivienda habitual. Los que tengan una vivienda en propiedad y sacaran una hipoteca antes del 2013 también podrán acogerse a una deducción en la declaración de la renta. Se podrá deducir el 15% de la cantidad pagada sobre una base máxima de 9.040 euros.
Otras deducciones famosas en la declaración de la renta son las que afectan a la familia y situación personal. Por ejemplo, la más famosa es la deducción por maternidad de hasta 1.200 euros por cada hijo menor de tres años. También podrán acogerse a una ayuda las familias numerosas o las que tengan un hijo con discapacidad de un mínimo del 33%.
En esta campaña de la renta vuelven a estar presentes las deducciones por hacer donativos a ONG, las cuotas a partidos políticos o sindicatos, además de las ayudas a los planes de pensiones y empresas de nueva creación. Con el objetivo de fomentar el uso del coche eléctrico, el Gobierno también bonificará a través de la declaración de la renta a las personas que compren un vehículo; podrán acogerse a una deducción del 15% sobre el valor de la compra hasta 3.000 euros y esto se aplica a los que inviertan en puntos de recarga.
Algunas de las deducciones más importantes en la declaración de la renta son las siguientes:
- Deducción por inversión en vivienda habitual.
- Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación.
- Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial.
- Deducciones por donativos y otras aportaciones.
- Deducción por actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial.
- Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible y puntos de recarga.
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