La confirmación más esperada del SEPE: así es cómo puedes cobrar el paro si eres autónomo
Los requisitos y pasos a seguir si estás al paro y te das de alta como autónomo
¿Estás cobrando una prestación por desempleo y has decidido darte de alta como autónomo?, puede que te preguntes si es posible compatibilizar el cobro de ese paro con los primeros pasos en tu carrera por cuenta propia, de igual forma que recientemente el SEPE anunció que ciertos trabajadores por cuenta ajena pudieran trabajar y cobrar el paro a la vez. ¿Qué podemos hacer y qué no? ¿Qué establece la ley o qué dice el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a este respecto?.
Perder el derecho a cobrar el paro al emprender como autónomo siempre ha sido una de las principales preocupaciones para quienes deciden dejar atrás el trabajo por cuenta ajena. La inestabilidad inicial del autoempleo, sumada a la incertidumbre económica, hace que muchos se lo piensen dos veces antes de dar el paso. Pero como ya hiciera con algunos trabajadores por cuenta ajena, el SEPE ha confirmado una novedad que puede cambiar esta realidad y dar el impulso que muchos necesitaban. Desde ahora, los trabajadores autónomos podrán compatibilizar el cobro de su prestación por desempleo con el inicio de su actividad empresarial, siempre que cumplan con una serie de requisitos específicos. ¿Pero qué condiciones debes cumplir para beneficiarte de esta compatibilidad? ¿Cuánto tiempo podrás seguir cobrando el paro mientras trabajas como autónomo? A continuación, te explicamos todos los detalles que debes conocer para no perder esta oportunidad.
Cómo puedes cobrar el paro si te das de alta como autónomo
Si estás cobrando el paro y te das de alta como autónomo vas a poder seguir cobrando la prestación por desempleo, aunque según informa el SEPE, es una posibilidad que está reservada a quienes cumplan con un requisito clave: solicitar la compatibilidad en los 15 días posteriores al inicio de la actividad por cuenta propia.
Esto significa que, si te das de alta como autónomo y dejas pasar este plazo, perderás el derecho a seguir cobrando el paro. Por tanto, la rapidez y la organización son fundamentales para no dejar escapar esta ayuda económica que puede resultar crucial en el arranque del negocio.
Requisitos para cobrar el paro siendo autónomo
Además de lo mencionado, para poder acceder a esta compatibilidad, es necesario cumplir también con las siguientes condiciones:
- Estar dado de alta correctamente en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, como el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
- No haber solicitado anteriormente el pago único de la prestación por desempleo en los últimos dos años.
- No trabajar como autónomo para la misma empresa o grupo empresarial donde trabajabas anteriormente.
Además, esta compatibilidad solo estará disponible durante un máximo de 270 días (nueve meses) o hasta que se agote la prestación, si es que esta tiene una duración inferior.
¿En qué casos se pierde el derecho a cobrar el paro mientras se es autónomo?
Aunque cumplas con los requisitos iniciales, existen circunstancias que pueden hacerte perder esta compatibilidad. El SEPE ha dejado claras cuáles son estas situaciones:
- Si empiezas a trabajar por cuenta ajena, independientemente de que sea a jornada completa o parcial.
- Si te conviertes en socio de una sociedad laboral o cooperativa que no cumpla los requisitos establecidos.
- Si tu actividad por cuenta propia supera los 60 meses (5 años), lo que supone el fin automático de la prestación suspendida.
Es fundamental estar al tanto de estas condiciones para evitar perder el derecho a la prestación sin previo aviso.
¿Qué ocurre si cesas en tu actividad como autónomo?
Si, tras un tiempo, decides cesar tu actividad como autónomo, aún tienes la posibilidad de reanudar el cobro de tu prestación por desempleo siempre que se cumplan ciertos criterios.
- Si tu actividad ha durado menos de 24 meses, puedes reanudar la prestación sin problemas.
- Si tu actividad ha durado entre 24 y 60 meses, solo podrás reanudar el paro si estuviste dado de alta en el RETA o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
- Como ya mencionamos, si has trabajado como autónomo durante más de 60 meses (5 años), la prestación se extinguirá definitivamente y ya no podrás solicitar su reanudación.
Para solicitar la reanudación del paro, debes presentar tu solicitud en un plazo máximo de 15 días hábiles tras el cese de tu actividad.
Compatibilidad con otras ayudas y prestaciones
Esta compatibilidad no sólo es útil para quienes emprenden un negocio individual, sino que también se extiende a socios trabajadores de cooperativas y sociedades laborales de nueva creación, siempre que estén encuadrados en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
Además, si al cesar tu actividad como autónomo tuvieras derecho a solicitar el cese de actividad (lo que popularmente se conoce como el ‘paro de los autónomos’), podrás optar entre esta prestación o la reanudación de la que quedó suspendida previamente.
En conclusión, si estás cobrando el paro y estás considerando emprender, recuerda solicitar la compatibilidad dentro del plazo establecido y seguir todas las indicaciones del SEPE. Este paso puede marcar la diferencia entre un inicio complicado y uno mucho más seguro y estable en tu camino hacia el autoempleo.
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