Cambios en la edad de jubilación: mínimos y penalizaciones

Cambios en la edad de jubilación
Blanca Espada

La jubilación, un anhelado hito para muchos trabajadores, simboliza la posibilidad de disfrutar del tiempo libre, las aficiones, la familia y un mayor bienestar. No obstante, las condiciones y el momento en que los trabajadores pueden jubilarse varían considerablemente. Diversas modalidades de jubilación dependen de factores como la edad, los años de cotización, la situación laboral y las circunstancias personales de cada individuo. De hecho, se han producido cambios con respecto a la edad de jubilación en 2024 que debes conocer.

Una de estas modalidades es la jubilación anticipada, que permite a los trabajadores retirarse unos años antes de la edad legal ordinaria. Sin embargo, es crucial estar informado sobre los cambios recientes en esta modalidad. Este año, se implementará una modificación significativa en la jubilación anticipada, y es fundamental que los interesados conozcan este cambio que afectará sus planes de retiro.

Si estás pensando en adelantar tu jubilación, debes saber que el año 2024 trae consigo cambios importantes que afectarán a tu decisión. Estos cambios se refieren tanto a las edades mínimas para acceder a la jubilación anticipada, como a las penalizaciones que se aplican sobre la pensión por el hecho de jubilarse «antes de tiempo».

¿Qué es la jubilación anticipada: voluntaria e involuntaria?

La jubilación anticipada es una modalidad de jubilación que te permite dejar de trabajar unos años antes de la edad legal ordinaria de jubilación, que actualmente está fijada en 66 años y 6 meses para aquellos con menos de 38 años cotizados, y en 65 años para aquellos con 38 o más años de cotización.

Existen dos tipos de jubilación anticipada: la voluntaria y la involuntaria o forzosa. La diferencia entre ambas radica en el motivo que te lleva a solicitarla, y en las condiciones que se te aplican.

La jubilación anticipada voluntaria es aquella que solicitas por tu propia decisión, sin que exista ninguna causa que te obligue a hacerlo. La jubilación anticipada voluntaria tiene una penalización sobre la cuantía de la pensión, que depende del tiempo que se adelante el retiro y del tiempo de cotización del trabajador. Esta penalización consiste en aplicar unos coeficientes reductores sobre la base reguladora de la pensión.

En cambio, la jubilación anticipada involuntaria o forzosa es aquella que solicitas por causas ajenas a tu voluntad, que te impiden seguir trabajando y sin embargo, también se le aplican reducciones en lo que respecta a la cuantía a cobrar.

Los cambios en 2024 para la jubilación anticipada

En 2024, la edad legal ordinaria de jubilación se incrementará en dos meses respecto al año anterior, ubicándose en 66 años y 6 meses para aquellos con menos de 38 años cotizados, y en 65 años para aquellos con 38 o más años de cotización.

Esto implica que también se modificarán las edades mínimas para acceder a la jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria, que se calculan restando dos o cuatro años, respectivamente, a la edad legal ordinaria que te corresponda.

Además, se mantendrán las penalizaciones que se aplican sobre la pensión por adelantar el retiro, que dependen del tiempo que se adelante la jubilación y del tiempo de cotización. Estas penalizaciones consisten en aplicar unos coeficientes reductores sobre la base reguladora de la pensión, que son más elevados para la jubilación anticipada voluntaria que para la involuntaria y que se establecen entre el 3,26 % y el 21% en función a si se adelantan entre uno y 24 meses respectivamente.

Los requisitos para solicitar la jubilación anticipada

Para solicitar la jubilación anticipada en 2024, debes cumplir los siguientes requisitos ya que se han producido cambios en relación a la edad de jubilación:

  • Para la jubilación anticipada voluntaria, debes tener una edad inferior en dos años, como máximo, a la edad legal ordinaria de jubilación que te corresponda. Esto significa que podrás jubilarte a partir de los 64 años y 6 meses si tienes menos de 38 años cotizados, o a partir de los 63 años si tienes 38 o más años cotizados. Además, debes haber cotizado al menos 35 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de solicitar la jubilación.
  • Para la jubilación anticipada involuntaria, debes tener una edad inferior en cuatro años, como máximo, a la edad legal ordinaria de jubilación que te corresponda. Esto significa que podrás jubilarte a partir de los 62 años y 6 meses si tienes menos de 38 años cotizados, o a partir de los 61 años si tienes 38 o más años cotizados. Además, debes haber cotizado al menos 33 años, sin tener en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias, y estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud de jubilación.
  • También debes acreditar que la extinción de tu contrato de trabajo se ha producido por alguna de las causas que dan derecho a la jubilación anticipada involuntaria.

Antes de solicitar la jubilación anticipada, te recomendamos que hagas un cálculo previo de la pensión que vas a percibir, teniendo en cuenta las penalizaciones que se aplican. Así podrás valorar si te conviene o no adelantar tu retiro, o si prefieres esperar a la edad legal ordinaria de jubilación.

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