Declaración de la Renta

El BOE lo confirma: deducción de 9.000 euros en la declaración de la Renta 2026 para estos españoles

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Blanca Espada

La campaña de la Declaración de la Renta ya está a la vuelta de la esquina si bien comienza este próximo 8 de abril y, como suele pasar cada año, vienen cambios que conviene revisar con calma. En esta ocasión hay una medida que está generando bastante interés porque puede suponer un ahorro importante en algunos casos, aunque no es tan sencilla como parece a primera vista, de modo que conviene hablar con ella con calma porque se trata de una deducción de 9.000 euros que puede afectar a aquellos que durante el año pasado hicieron mejoras en su vivienda.

Gracias al Real Decreto-ley 16/2025 publicado a finales de diciembre, se pueden aplicar para esta campaña de la renta deducciones por obras en viviendas. En realidad, no es una ayuda nueva, pero sí amplía su aplicación y permite que se siga utilizando en los próximos ejercicios. Eso sí, hay que ponerlo en contexto desde el principio. La cifra de 9.000 euros que se está comentando no es algo que se aplique de forma automática ni que vaya a llegar en un solo año sino que para poder aprovecharla hay que cumplir varios requisitos y, sobre todo, haber hecho un tipo concreto de reforma.

Deducción de 9.000 euros en la declaración de la Renta 2026

El punto de partida es bastante claro. La medida busca incentivar reformas que reduzcan el consumo energético de las viviendas o mejoren su calificación. De este modo, no vale cualquier obra ni cualquier cambio en casa. Además, no basta con decir que se ha mejorado la eficiencia. Hay que acreditarlo, así que se exige un certificado energético antes de la reforma y otro después, firmados por un técnico competente. Sin ese paso, directamente no se puede aplicar la deducción. A partir de ahí, el sistema se divide en varios niveles según el impacto de la obra.

Las deducciones del 20% y del 40%

La primera es la más sencilla. Se trata de una deducción del 20% cuando la obra consigue reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. En este caso, la base máxima anual es de 5.000 euros y el ahorro puede llegar a 1.000 euros. Esta opción se puede aplicar tanto a la vivienda habitual como a otras viviendas que estén alquiladas o que se vayan a alquilar, siempre dentro de los plazos fijados.

El siguiente nivel es el del 40%, donde ya se exige algo más. Aquí hay que conseguir una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o mejorar la calificación energética hasta alcanzar una A o una B. En este caso, la base máxima anual sube a 7.500 euros y la deducción puede alcanzar los 3.000 euros.

La clave de los 9.000 euros

La cifra más alta, la que más se repite, es la del 60%. Pero no es la más habitual ni se aplica en todos los casos. Está pensada sobre todo para rehabilitaciones más completas, normalmente en edificios o comunidades de vecinos. Las condiciones son similares: se exige una mejora importante de la eficiencia, bien sea reduciendo el consumo o mejorando la calificación energética.

La diferencia está en cómo se aplica. La base anual es de 5.000 euros, pero si no se puede deducir todo en un año, se puede ir acumulando hasta cuatro ejercicios, con un máximo total de 15.000 euros. De ahí sale esa cifra de los 9.000 euros para esta deducción, que no es un importe que se reciba de golpe, sino el resultado de aplicar el 60% sobre ese límite acumulado a lo largo de varios años.

Los plazos que hay que tener claros

Aquí conviene no despistarse ya que para las deducciones del 20% y del 40%, los pagos deben haberse realizado antes del 31 de diciembre de 2026, y el certificado final tiene que estar emitido como máximo el 1 de enero de 2027. En el caso del 60%, el calendario es algo más amplio. Las obras pueden alargarse hasta el 31 de diciembre de 2027 y el certificado final puede emitirse hasta el 1 de enero de 2028. Si no se cumplen estas fechas, la deducción no se puede aplicar.

El detalle que suele pasarse por alto

Hay un punto que muchas veces se escapa y puede echarlo todo atrás y que tiene que ver con los pagos en efectivo, dado que toda cantidad que se haya abonado con dinero de curso legal no da derecho a deducción, dado que todo tiene que estar justificado mediante medios bancarios, como transferencias o tarjetas, que permitan acreditar el pago.

Además, hay otros matices. Por ejemplo, no se incluyen ciertos gastos relacionados con equipos que utilicen combustibles fósiles. Y si se ha recibido alguna subvención, esa cantidad hay que restarla.

En definitiva, y sobre el papel la deducción de hasta 9.000 euros por haber hecho reformas que tienen que ver con la eficiencia energética es interesante, sobre todo en los casos más completos. Sin embargo en la práctica exige cumplir bastantes condiciones y tener toda la documentación bien organizada, dado que no es algo automático ni algo que aparezca sin más en el borrador sino que hay que revisarlo con calma. Podemos decir entonces que para llegar a la deducción en cuestión, es importante la reforma y además haberlo hecho de forma correcta desde el principio.

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