El aviso de Juanma Lorente sobre la excedencia voluntaria: «La mayoría de los que lo solicitan desconoce realmente lo que implica»
El abogado laboralista explica que pedir una excedencia del trabajo no garantiza el puesto
La ley lo confirma: tienes derecho a una excedencia de hasta dos años para cuidar a tu pareja o cónyuge
La Ley Laboral lo avala: los trabajadores tienen derecho a 3 años de excedencia para cuidar a sus hijos y el Estatuto lo confirma

Pedir una excedencia voluntaria puede parecer una buena solución para quien necesita dejar temporalmente su trabajo sin romper por completo la relación con la empresa. El problema aparece al regresar ya que muchos trabajadores creen que podrán recuperar su puesto cuando termine ese periodo y la realidad puede ser muy diferente.
Juanma Lorente, abogado laboralista y divulgador especializado en derecho del trabajo, ha puesto el foco precisamente en este punto a través de uno de sus vídeos en su cuenta de Instagram @juanmalorente_laboralista. «Este es el gran peligro de las excedencias voluntarias», comienza explicando. Lorente asegura que se solicitan «todos los días» y que «la mayoría de veces la gente lo pide sin tener ni idea». La advertencia tiene que ver con el derecho al reingreso, ya que solicitar una excedencia voluntaria no significa necesariamente que el puesto que deja el trabajador vaya a permanecer esperándole hasta su vuelta.
Juanma Lorente advierte del peligro de pedir una excedencia voluntaria
El abogado utiliza una expresión muy gráfica para explicar cómo entiende esta figura laboral: «Yo llamo a la excedencia voluntaria la baja voluntaria de marca blanca». La razón está en lo que puede suceder cuando el trabajador quiere regresar. «Tú tienes derecho a volver, pero, a no ser que tu convenio colectivo ponga algo diferente, tú sólo tienes derecho a volver si hay una vacante», advierte Lorente. Esta diferencia es fundamental. El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores establece que quien se encuentra en excedencia voluntaria conserva únicamente un derecho preferente al reingreso cuando existan vacantes de igual o similar categoría a la suya en la empresa. No se trata, por tanto, de una reserva automática del mismo puesto de trabajo.
El propio Lorente plantea una situación que permite entender fácilmente el problema, en la que un empleado solicita una excedencia y la empresa contrata a otra persona para cubrir su ausencia. El nuevo trabajador encaja perfectamente en el puesto y continúa desempeñándolo. «Si mañana tu empresa, cuando tú te vayas de excedencia, contrata a una persona y es la persona ideal y se queda con el puesto y no se mueve de tu puesto de trabajo, tú te vas a quedar esperando siempre una vacante», explica. Y esa vacante, insiste, «a lo mejor no llega».
Qué ocurre con el puesto de trabajo durante una excedencia voluntaria
La excedencia voluntaria está regulada en el Estatuto de los Trabajadores. Para poder solicitarla, el empleado debe contar, con carácter general, con al menos un año de antigüedad en la empresa. Su duración tampoco queda completamente a elección del trabajador. La normativa establece un periodo mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años.
Durante ese tiempo se suspende la prestación de servicios y el trabajador deja de percibir su salario. La empresa, además, no está obligada con carácter general a conservar exactamente el puesto que ocupaba. Ésta es una de las grandes diferencias respecto a determinadas excedencias vinculadas al cuidado de hijos o familiares, para las que la legislación contempla reglas específicas de reserva del puesto durante ciertos periodos.
En la voluntaria, lo que se mantiene es el derecho preferente de reingreso ante una vacante de igual o similar categoría. Por eso también resulta importante revisar el convenio colectivo aplicable antes de tomar una decisión. Como señala el propio Lorente, un convenio puede establecer condiciones distintas o mejorar los derechos previstos con carácter general por la legislación laboral. Conocer esas condiciones antes de solicitar la excedencia puede cambiar por completo la decisión.
El derecho a volver no significa recuperar automáticamente el puesto
La confusión puede estar precisamente en la expresión «derecho al reingreso». Tener preferencia para ocupar una vacante no equivale a que la empresa tenga que desalojar el puesto anterior o crear uno nuevo para permitir el regreso del trabajador. Lorente insiste en las consecuencias que puede tener esa diferencia. «Mientras que estás esperando, por supuesto, estás fuera de la empresa. Con lo cual, a poco que no haya una vacante en tu puesto, te quedas sin trabajo», señala. El trabajador puede encontrarse así esperando a que aparezca una plaza adecuada para ejercer su derecho preferente de reingreso.
La excedencia voluntaria puede resultar útil por muchos motivos. Una persona puede querer probar otro proyecto profesional, estudiar, viajar o simplemente disponer de un periodo alejada de su empleo. La cuestión está en conocer de antemano qué derechos conserva y cuáles no. De ahí la insistencia del abogado en informarse antes de presentar la solicitud.
«Por eso creo que es tan importante saber esto, pararte, pensar y ya después pedir la excedencia si quieres», aconseja. Su última advertencia en su vóde resume el mensaje que pretende trasladar a quienes estén valorando esta posibilidad: «Hay que tener mucho cuidadito», por lo que será mejor pensárselo antes de pedir la excedencia sin más.
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