Economía y finanzas

Así debes presentar la Declaración de la Renta si te has divorciado

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Divorcio

Comprender los estatutos definidos para la declaración de la renta cuando se es divorciado, no es una tarea fácil. Estos aspectos legales pueden traer innumerables dudas y confusiones, y en medio de deducciones por pensiones alimenticias, custodias compartidas o absolutas, pensiones compensatorias, pago de alquileres, pagos del mínimo por descendiente, entre otros aspectos, la declaración comprende entonces temas y aspectos delicados que siempre es mejor entender a la perfección.

Uno de los factores primarios a los que hay que tener en cuenta cuando queremos responder esta pregunta, es el tema de los hijos, el tipo de custodias acordadas en los documentos de divorcio y otras variantes agregadas a dichos acuerdos.

Entonces, la primera duda a aclarar es que, si el matrimonio que se ha separado legalmente, si se ha efectuado la firma de divorcio, pero no concibió herederos ni posee descendientes, la declaración de la renta no tendrá un mayor inconveniente para ninguna de las partes, ya que ambas recuperan su estatus de autonomía social, judicial, financiera y mercantil, lo que significa que cada una puede declarar por su lado, es decir, son contribuyentes individuales.

Pero todo cambia cuando el matrimonio que se ha separado tiene hijos, descendientes o herederos. Ante este hecho se toma en consideración el tipo de custodia convenida y las deducciones que se realizan por pensión alimenticia, pago de alquileres, entre otros acuerdos.

Este detalle es importante que se acierte de manera eficaz, así que intentaremos tocar los puntos con la mayor comprensión posible para que no existan confusiones a la hora de emitir la declaración. Cuando una de las partes asume la custodia absoluta de los hijos, es ese mismo contribuyente quien define cómo se hará la declaración de la renta y la definición de tomar en cuenta para ambas partes: uno decide por los dos en este caso. Por lo tanto, la persona que posee la custodia completa debe declarar no solo por los hijos menores de edad, sino también incluir aquellos descendientes con incapacidad legislativa y que vivan consigo. Ante este precepto, la ley efectúa una disminución de 2150 euros mensuales como pago base.

Ahora bien, cuando la custodia de los hijos y descendientes es compartida, donde ambos ex cónyuges son responsables del bienestar de los menores de edad, ambas partes deben realizar algo llamado «Declaración Conjunta», ya que tienen el total derecho de hacerla como una unidad, así estén divorciados.

En cuanto a la pensión alimenticia para los hijos en divorcio, se debe tomar en cuenta todas las deducciones para este fin. No se toman en cuenta las pensiones y cantidades alimenticias de quien recibe y se le otorga dicha declaración anual al contribuyente que paga, aunado a que esta parte de la contribución tiene el derecho de desgravar el pago. Este aspecto es sumamente importante, ya que la parte que recibe dicha pensión, tiene el deber de declararla como beneficio, por lo tanto, la parte que tiene la responsabilidad de pagarla, también puede y tiene el derecho de aminorar o desgravar dicha cantidad.

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