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Economía
Seguridad Social

Adiós a pagar IRPF si cobras esta pensión: el INSS lo confirma y así queda tu paga en 2026

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Los pensionistas en España están sujetos a tributar por sus rentas y presentar la declaración anual del IRPF si superan ciertos límites establecidos por la Agencia Tributaria. La pensión pública de jubilación se considera un rendimiento del trabajo y, por tanto, tributa de la misma manera que un salario. Sin embargo, existen situaciones en las que no es necesario declarar o en las que las pensiones están exentas de tributación, dependiendo de su naturaleza y origen.

En términos generales, la ley establece que no es obligatorio presentar la declaración de la renta si los ingresos anuales no superan los 22.000 euros procedentes de un único pagador. Sin embargo, cuando existen dos o más pagadores, la situación cambia. En estos casos, si del segundo pagador se reciben más de 1.500 euros al año, el límite para presentar la declaración desciende a 14.000 euros anuales. Por ejemplo, un jubilado que percibe 16.000 euros anuales de la Seguridad Social y 2.000 euros de un plan de pensiones tendría que presentar la declaración, ya que supera el límite establecido para múltiples pagadores.

Pensiones exentas de IRPF

Existen varios tipos de pensiones y prestaciones que están exentas de IRPF, independientemente de los ingresos del pensionista.

Rescate de planes de pensiones y su tributación

Los rescates de planes de pensiones sí tributan como rendimientos del trabajo, al igual que las pensiones públicas. Esto significa que al retirar dinero de un plan de pensiones, la cuantía se suma a los ingresos del ejercicio y, por ende, se incrementa la base imponible.

Sin embargo, los planes de pensiones cuentan con ventajas fiscales durante las aportaciones. Las cantidades aportadas a un plan pueden desgravar en la declaración de la renta, con los siguientes límites:

Además, si el cónyuge del contribuyente tiene rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas inferiores a 8.000 euros anuales, es posible realizar aportaciones adicionales de hasta 1.000 euros, también  a desgravación.

Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Desde el 1 de enero de 2025, los titulares de planes de pensiones podrán rescatar sus aportaciones y los rendimientos generados después de que éstas tengan, al menos, 10 años de antigüedad. Esta medida, incluida en la modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 2018, permite recuperar el dinero sin necesidad de justificar ninguna causa ni aportar documentación adicional: basta con que las aportaciones hayan cumplido la década.

De esta manera, las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2015 se pueden retirar desde el 1 de enero de 2025, junto con los rendimientos que hayan generado. En 2026, se aplicará el mismo mecanismo para las aportaciones realizadas hasta finales de 2016, y así sucesivamente.

En cuanto al impacto fiscal, el rescate de las aportaciones con más de 10 años de antigüedad tributa como rendimiento del trabajo, incrementando la base imponible del IRPF del ejercicio en el que se efectúe el rescate. Las opciones de cobro son las siguientes: rescate en forma de capital, renta periódica o un rescate mixto. Además, para las participaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006, se puede aplicar una reducción del 40 % en caso de rescate en capital, tributando solo por el 60 % del importe.

En definitiva, en España, la tributación de las pensiones varía según el tipo de pensión, los ingresos del pensionista y la existencia de otros pagadores. Mientras que la pensión pública de jubilación tributa como salario, algunas están exentas, protegiendo a colectivos vulnerables como personas con discapacidad, huérfanos o víctimas de terrorismo.