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Economía
Impuesto de sucesiones

Adiós al impuesto de sucesiones: el truco legal y sencillo para evitar pagar a Hacienda un pastizal

Pensar en una herencia no suele ser algo que se haga con calma ni con tiempo. De hecho, la mayoría de familias lo dejan para cuando no quede más remedio. Entre que cuesta hablar de estos temas y que a veces uno ni sabe por dónde empezar, lo habitual es ir posponiéndolo. Y por ello, dejamos pasar los años y cuando llega el momento, te das cuenta de que quizá se podía haber hecho algo antes y más cuando se piensa en el temido impuesto de sucesiones, que deja a más de un heredero teniendo que enfrentar un gasto que no esperaba. Por ello, es mejor prevenir y además, aplicar el truco para decir adiós al impuesto de sucesiones, y que sí, es legal y fácil.

Cuando se hereda, aquellos que reciben la herencia se topan con una realidad de trámites, certificados, visitas a notaría, y un ir y venir de papeles que parece no acabar. Y luego está como decimos el impuesto de sucesiones, que en algunas comunidades puede ser un susto importante si la vivienda familiar ha subido de valor. A mucha gente le ocurre lo mismo: pensaba que sería un trámite más y descubre que puede convertirse en un gasto serio. Pero lo curioso y que pocos saben,  es que la ley ofrece una salida muy sencilla para evitar ese golpe fiscal, y además totalmente legal. No tiene nada que ver con atajos raros ni con fórmulas inventadas. Es un mecanismo que lleva décadas ahí, al alcance de cualquier familia, pero que sólo conocen los expertos, o aquellos que se han planteado evitar el impuesto de sucesiones antes de que les llegue a sus herederos. 

Adiós al impuesto de sucesiones: el truco legal y sencillo

El punto de partida es sencillo: la ley permite dividir la propiedad de una vivienda en dos partes. Por un lado está la nuda propiedad, es decir, la titularidad del inmueble, y por otro el usufructo vitalicio que se corresponde con el derecho a vivir en la casa o disfrutar de ella mientras duren los padres. Y aquí está el truco legal para evitar el impuesto de sucesiones: los padres pueden donar la nuda propiedad a sus hijos manteniendo para ellos el usufructo.

A efectos prácticos, no cambia nada en la vida diaria. Los padres continúan viviendo en su casa exactamente igual que antes. La diferencia es jurídica: desde el momento en que se firma la escritura, la vivienda deja de formar parte del patrimonio que se hereda en el futuro. El hijo pasa a ser el dueño registral, y los padres conservan el derecho de uso durante toda su vida.

Lo decisivo llega cuando los padres fallecen. En ese momento, el usufructo, que existía mientras vivían, se extingue de forma automática. Y el hijo consolida la plena propiedad del inmueble sin que exista transmisión hereditaria alguna. El resultado fiscal es tan contundente como sorprendente para quienes nunca han oído hablar de esto: no hay impuesto de sucesiones porque no hay herencia sobre esa vivienda.

Hacer esto no implica como decimos, nada ilegal y tampoco es una trampa. Está regulado en el Código Civil y en la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es una figura legal utilizada desde hace décadas, especialmente en territorios donde el impuesto es más elevado.

¿Se paga algo por donar la nuda propiedad? Depende de la comunidad

Es cierto que haciendo lo mencionado puedes evitar el impuesto de sucesiones, pero debes tener en cuenta que esa donación puede implicar otro coste fiscal dependiendo de la comunidad autónoma. Pero en la mayoría de regiones españolas existen bonificaciones muy altas para donaciones entre padres e hijos, que dejan el impuesto reducido a cifras anecdóticas o, directamente, a cero.

En la práctica, el coste de donar la nuda propiedad suele ser muy inferior al que tendría soportar un impuesto de sucesiones completo años después. Además, la operación es limpia y rápida: basta acudir al notario, firmar la escritura y registrarla. Nada más.

Un mecanismo para todo tipo de inmuebles

Aunque es habitual aplicarlo a la vivienda familiar, esta estrategia sirve también para garajes, fincas rústicas, locales e incluso algunas participaciones empresariales. La estructura jurídica es la misma, el de aplicar la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. Lo que cambia es el tratamiento fiscal concreto de cada comunidad.

Además, planificar en vida permite repartir los bienes con antelación, asignar un inmueble específico a un hijo en particular o evitar tensiones entre herederos. En un contexto donde la vivienda adquirida hace décadas puede haber duplicado o triplicado su valor, tomar decisiones con tiempo evita problemas de liquidez para los hijos, que en muchos casos solo podrían pagar el impuesto vendiendo. De ahí que la figura jurídica o el truco legal que os hemos explicado, esté ganando más protagonismo. Con una simple escritura de donación, los padres pueden asegurar que sus hijos no tendrán que hacer frente a un pago elevado en un momento emocionalmente complejo.