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Economía
Black Friday

Adiós a las estafas en Black Friday: Justicia persigue a los comercios con duras multas por ofertas engañosas

Cada año, cuando se acerca el Black Friday, muchos compradores se preguntan si las rebajas que ven son reales o si detrás hay algún truco. No es algo tan raro ya que de hecho tampoco es una sospecha injustificada: basta con comparar precios unas semanas antes para detectar subidas repentinas que, de repente, parecen convertirse en descuentos increíbles. Este debate vuelve constantemente, pero en esta ocasión ha sido la justicia la que se ha pronunciado al respecto y además, poniendo multas a varias empresas por lo que muchos podrían considerar, las estafas del Black Friday.

Una abogada del canal de YouTube del bufete Vilches Abogados lo ha explicado con claridad en un vídeo que está empezando a circular. Y lo que cuenta es importante porque afecta a todos: compradores y empresas. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha respaldado sanciones impuestas por el Ministerio de Consumo a siete grandes compañías por inflar precios antes del Black Friday y anunciar después unas rebajas que, en realidad, no lo eran. Para muchos son estafas durante el Black Friday dado que es una práctica demostrada y castigada. La sentencia desmonta además la excusa más repetida por las empresas cuando son investigadas: que «no hay pruebas suficientes». El tribunal ha sido tajante. Y el mensaje que deja es doble: para los consumidores, que no están indefensos; para las compañías, que ya no vale recurrir a la picaresca ni esconderse tras tecnicismos. La ley existe, se aplica y estará muy presente este próximo viernes 28 de noviembre, cuando se celebre el Black Friday 2025.

Adiós a las estafas en Black Friday: Justicia persigue a los comercios

En el vídeo, la abogada comienza explicando que Justicia «acaba de hablar y muy claro» sobre las falsas rebajas del Black Friday. Lo que antes muchos intuían pero no podían demostrar, ahora tiene respaldo jurídico. El tribunal ha avalado las sanciones por una razón muy concreta: se considera una práctica comercial desleal por engañosa subir precios días antes para simular una rebaja posterior.

Este comportamiento no es anecdótico. Cada año aparecen ejemplos en redes sociales: capturas de pantalla, alertas de consumidores, comparaciones de precios que muestran cómo un producto sube artificialmente para luego aparecer como «–30 %», «–40 %» o incluso más. Hasta ahora, demostrarlo era complicado. Pero esta vez el análisis fue claro: existían datos suficientes para acreditar esa manipulación del precio previo.

Las empresas sancionadas alegaron que no había pruebas para justificar la multa. Según explica la abogada, ese argumento no convenció al tribunal. De hecho, la resolución deja claro que el Ministerio de Consumo actuó correctamente y que las herramientas de inspección permiten detectar cuándo se ha alterado un precio justo antes del periodo de descuentos.

El precio de referencia debe ser el más bajo de los últimos 30 días

Uno de los puntos centrales que subraya la abogada es la base jurídica del caso. La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que, cuando se anuncia una rebaja, el precio de referencia debe ser el más bajo de los últimos 30 días. No vale usar el precio del día anterior si ese precio fue inflado artificialmente. Tampoco sirve alegar que se aplicó una oferta habitual o que el precio varía por circunstancias internas. La norma es simple: el precio rebajado debe compararse con el más bajo del último mes.

No hay interpretaciones posibles. Como señala la abogada, «no hay excusas». Esta simplicidad desmonta por completo las estrategias que desde hace años se han visto en distintas campañas. Si un producto costó 40 euros durante semanas y se sube a 60 justo antes del Black Friday, no se puede anunciar que está al “50 %” cuando vuelve a bajar a 30 o 40. Ese es exactamente el tipo de práctica que la sentencia considera engañosa.

Un aviso serio para las empresas y un respaldo claro para los consumidores

La resolución no sólo valida las multas anteriores. También envía un mensaje directo: las administraciones tienen herramientas eficaces para detectar estas prácticas. La abogada lo resume con una frase significativa: «Esto no sólo va de multas, es un respaldo directo a la inspección de consumo».

Es decir, no es una advertencia simbólica. Es una confirmación de que el sistema funciona y de que el consumidor no está tan desprotegido como a veces se cree. Incluso cuando se trata de grandes empresas, sus estrategias pueden ser revisadas, evaluadas y sancionadas si incumplen la ley.

Además, la sentencia marca un precedente importante en plena temporada de compras. El Black Friday mueve miles de millones de euros en España, y muchas decisiones de compra se basan en la confianza de que el descuento anunciado es real. Sabiendo que las autoridades están vigilando, la percepción cambia: el consumidor adopta una posición más activa y la empresa sabe que la supervisión no es un trámite, sino un control real.

Qué recomienda la abogada: comparar, documentar y reclamar

Además de explicar lo sucedido ante las estafas del Black Friday, la abogada ofrece consejos para que sepamos cómo detectar este tipo de fraude:

  1. Anticípate: no esperes al Black Friday para comprobar precios. Mira el coste del producto varias semanas antes.
  2. Compara: revisa distintos comercios y plataformas. Un simple cambio puede darte pistas de si hay una subida artificial.
  3. Documenta: haz capturas de los precios antes y durante la campaña. Son una prueba directa en caso de reclamación.
  4. Reclama: si detectas irregularidades, acude a la oficina de consumo de tu comunidad. La sentencia demuestra que estas denuncias sí se tramitan y sí tienen consecuencias.

En resumen, el consumidor no debe resignarse. Hay mecanismos para actuar y, sobre todo, hay precedentes que demuestran que las sanciones pueden llegar y mantenerse.