Adiós a Bizum: lo que conocías hasta ahora va a cambiar para siempre
Bizum no será igual a partir de ahora
El límite de Bizum que te puede poner en aprietos con Hacienda
Bizum nació en 2016 como un canal para micropagos instantáneos entre particulares. En la actualidad, ya suma 25 millones de usuarios y se envían alrededor de 24 transacciones por segundo, con una media de 53 euros por transacción. Ofrece comodidad al solo requerir el número de teléfono del destinatario, garantizando transferencias instantáneas y gratuitas. Además, cuenta con la seguridad respaldada por la banca española.
Nuevo sistema de identificación digital de Bizum
El nuevo identificador digital de Bizum simplifica el proceso de registro y acceso a los servicios en línea para los usuarios, ofreciendo una entrada segura y rápida. Por otro lado, para los comercios, este nuevo servicio conlleva menores gastos de verificación para nuevos clientes, mayor seguridad contra el fraude y un estímulo para aumentar las conversiones en las compras.
Esta novedad simplifica el registro en tiendas en línea para los usuarios, eliminando la necesidad introducir contraseñas y datos personales. Simplemente con su número de teléfono y la app móvil del banco, los usuarios pueden acceder al mismo. También garantiza mayor privacidad al permitirles gestionar los permisos dados a otras empresas sobre su información personal.
Asimismo, Bizum señala que otra ventaja clave de esta nueva funcionalidad es la reducción del fraude. La identificación de los clientes se lleva a cabo con información validada por los bancos, garantizando la veracidad de los datos empleados al realizar una compra, lo que fortalece la seguridad en las transacciones.
La funcionalidad de identificación digital está disponible inicialmente en CaixaBank, Santander y BBVA, destinada a facilitar la identificación tanto para clientes como para comercios. Según una nota de prensa distribuida a los medios, se espera que las demás entidades bancarias que ofrecen el servicio de Bizum implementen gradualmente esta funcionalidad en el futuro.
Nuevos límites en 2024
En términos fiscales, Bizum se equipara a una transferencia bancaria, y generalmente, entre particulares no se debe informar a Hacienda. Aunque las transferencias bancarias son habituales y no se notifican, las entidades bancarias sí informan a Hacienda sobre los movimientos de una cuenta, incluyendo los pagos a través de Bizum, transferencias y retiradas de dinero.
En principio, enviar dinero por Bizum no suele conllevar una multa de Hacienda, ya que estos movimientos se consideran habituales en la vida cotidiana y no están destinados a obtener beneficios. Sin embargo, si a lo largo de un año fiscal se realizan múltiples transacciones por Bizum que superen los 10.000 euros, generando ganancias, estas deberán ser declaradas. El incumplimiento de esta declaración podría resultar en una sanción por parte de la Agencia Tributaria.
Hasta el 1 de enero de 2024, cada banco establecía su propio límite para las transacciones a través de Bizum. A partir de esa fecha, se implementará el mismo límite para todas las entidades bancarias de España: 1.000 euros por operación. Este cambio viene acompañado de una normativa que exige declarar en la Renta las operaciones realizadas a través de esta aplicación. Sin embargo, no todos los usuarios tendrán la obligación de informar sobre los ingresos o pagos realizados mediante Bizum.
Los usuarios deben declarar los movimientos en tres situaciones específicas relacionadas con Bizum: si el total anual supera los 10.000 euros, lo cual implica una multa potencial de hasta 5.000 euros por la Administración Tributaria; al recibir ingresos o realizar transacciones generadoras de beneficios; y si empresas utilizan Bizum para recibir pagos de servicios o ventas, también deben declarar dichos ingresos.
Omitir la declaración de las operaciones anteriormente mencionadas con Bizum podría resultar en sanciones por parte de la Hacienda. Las transacciones que superen los 10.000 euros y no sean informadas podrían conllevar multas desde 600 euros hasta el 50% de la cuantía transferida. Además, si no se justifica el origen de los fondos, las sanciones podrían ascender hasta 150.000 euros.
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