El Barcelona niega una alineación indebida contra el Levante
El FC Barcelona ha negado este jueves haber caído en una posible alineación indebida por la presencia del central Chumi en el partido de ida de los octavos de final de la Copa del Rey, ante el Levante UD en el Ciutat de València, pese a tener vigente una sanción con el filial.
Fuentes del FC Barcelona han asegurado a Europa Press que el club está «muy tranquilo» ya que consideran que Chumi podía jugar el partido, en base a un cambio en el Código Disciplinar de la RFEF aprobado a finales del año pasado.
En la circular número 28 de noviembre de 2018 la RFEF anunciaba la introducción de un apartado en el artículo 56 respecto al cumplimiento de sanciones, por el que un jugador de un filial con una sanción leve –inferior a dos partidos–, como es el caso de Chumi, puede jugar con el primer equipo, siempre que tenga ficha, en otra competición.
«Las sanciones de carácter leve se cumplirán en las competiciones en las que el infractor se encuentra haciendo uso de una determinada licencia y, las de carácter grave o muy grave, en cualquier competición, ello con independencia de la licencia que se estuviera usando en el momento de la comisión de la infracción», señala la circular.
Chumi estaba sancionado con el Barça B antes del partido de ida frente al Levante, con victoria ‘granota’ por 2-1 y cuyo partido de vuelta se disputa este jueves en el Camp Nou, pero al ser una sanción leve el club, en base a esta modificación reglamentaria, le permitió jugar a las órdenes de Ernesto Valverde.
La posible alineación indebida del FC Barcelona, que de ser probada conllevaría la expulsión del club de la Copa del Rey –es vigente ganador–, como le sucedió al Real Madrid con Denis Cheryshev anteriormente, ha sido desvelada por el diario El Mundo este jueves.
Según el medio, el Barça habría incurrido en alineación indebida en base al artículo 56.3 del Código Disciplinario. «Hasta que no cumpliese la sanción con su equipo no podía participar con los superiores. El futbolista sancionado no podrá intervenir en ninguno de estos equipos o clubes, hasta que transcurra, en la categoría en la que se cometió dicha infracción, el número de jornadas a que haga méritos la sanción», manifiestan.
Además, según fuentes jurídicas consultadas por el mismo medio, la defensa del FC Barcelona en base a la modificación del citado artículo 56, se referiría «a la simultaneidad de licencias» y «no a este caso».