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El truco para grabar las llamadas en tu Android y iPhone sin que nadie se entere

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Grabar llamadas telefónicas es un tema que genera muchísimo interés, pero también una gran cantidad de dudas acerca de su legalidad. Anteriormente, los usuarios utilizaban externas poco fiables, pero, hoy en día, tanto Android como iOS tienen herramientas nativas para grabar las llamadas, lo que facilita el proceso, mejora la privacidad y aumenta la seguridad.

Pero, ¿realmente es legal grabar una llamada de teléfono sin avisar a la otra parte? La respuesta está llena de matices, ya que depende de si participas en la conversación y del uso que hagas de la grabación. En España, hay sentencias del Tribunal Constitucional y artículos de la Constitución que marcan los límites.

Grabar llamadas en Android y iPhone

Grabar llamadas en Android y iOS ya no requiere aplicaciones externas, ya que ambos sistemas operativos ofrecen opciones nativas, seguras y fáciles de usar.

Android

Desde hace años, Android permite grabar llamadas sin recurrir a aplicaciones de terceros. La función puede variar según la versión de Android o la marca del dispositivo, pero el procedimiento es similar en la mayoría de dispositivos:

iPhone

Durante años, Apple fue muy restrictiva con la grabación de llamadas, de manera que los usuarios se veían obligados a utilizar aplicaciones externas o servicios de terceros. Sin embargo, en las últimas versiones de iOS se han añadido opciones nativas para hacerlo:

¿Es legal?

Si participas en la llamada, la grabación es legal, según la sentencia del 29 de noviembre de 1984 (STC 11/1984) del Tribunal Constitucional : «quien graba una conversación de otros atenta, independientemente de toda otra consideración, al derecho reconocido en el art. 18.3 CE; por el contrario, quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al precepto constitucional citado».

Sin embargo, si no eres parte de la llamada, la grabación está prohibida. El artículo 18.3 de la Constitución española establece que «se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial».

En cuanto al consentimiento, el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) determina: «el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa». Sin embargo, el artículo 6.2 añade una serie de excepciones: «no será preciso el consentimiento cuando los datos de carácter personal se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones públicas en el ámbito de sus competencias (…) o cuando el tratamiento de los datos tenga por finalidad proteger un interés vital del interesado».

Aunque grabar una conversación en la que participas puede ser legal, el verdadero problema surge cuando decides difundir esa grabación sin autorización en redes sociales, WhatsApp o cualquier plataforma digital.

Aquí entra en juego la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). El artículo 6.1 señala que: «El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa.» Por lo tanto, aunque la conversación sea tuya, el hecho de compartirla supone tratar datos personales de otra persona, y no puedes hacerlo sin su consentimiento.

Además, el artículo 18.1 de la Constitución Española determina lo siguiente: «se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen».

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) puede imponer sanciones económicas significativas por difundir una conversación. En casos graves, puede incluso constituir un delito de revelación de secretos, tipificado en el Código Penal. Concretamente, el artículo 197.1 CP establece: «el que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales (…) será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses».

En definitiva, la legalidad depende de si participas en la llamada y del uso que hagas de la grabación. Siempre que seas parte activa y no difundas la conversación sin consentimiento, grabar es legal.