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La táctica (ilegal) que usan en todos los bares y restaurantes para que siempre pagues más

  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Todos los bares y restaurantes o casi todos, usan una táctica que puede resultar ilegal para que siempre pagues más. De una forma que quizás nunca hubieras imaginado este sector ha acabado siendo uno de los que despierta un mayor interés ante una serie de elementos que pueden ser los que nos hagan gastar de más. Por lo que, habrá llegado el momento de apostar claramente por unas normas que debemos tener claras y que los expertos se encargan de poner sobre la mesa.

Hay tácticas que no son legales o, al menos, eso es lo que dicen los expertos. Teniendo en cuenta que estamos ante una serie de elementos que serán los que marcarán una diferencia importante en estos días que quizás hasta la fecha no hubiéramos tenido en cuenta. Es hora de dejar salir algunos detalles que serán los que marcarán una diferencia importante, en estos días que quizás hasta ahora no habíamos sabido ver. Puedes reclamar o al menos eso es lo que dice un experto que puede hacernos ver en este tipo de formas de vender un producto una ilegalidad en un restaurante.

Puedes pagar más sin ser posible

Es momento de afianzar algunos detalles que serán los que nos acompañarán en estos días que tenemos por delante. A la hora de salir de casa a tomar algo o a comer, es importante estar pendientes de cada uno de los detalles que pueden ser los que marcarán una diferencia importante.

Queremos sentir la fuerza de este tipo de elementos que acabarán siendo las que marcarán estos días que nos estarán esperando. La comida o la bebida fuera de casa parece que tiene otro sabor. Tenemos la suerte de disponer de una serie de restauradores y expertos que saben muy bien cómo tratar una materia prima de excepción.

Es posible que necesites estar pendientes de una serie de elementos que quizás hasta ahora no habías tenido en cuenta. Un extra de buenas sensaciones que pueden ser los que marquen estos días que tenemos por delante y que pueden acabar siendo los que nos acompañen, antes de recibir una cuenta que puede llegar con sorpresas.

Pagar más sin ser posible es una realidad para muchos que no se fijan en un detalle o que quizás no está presente en una carta que debería estar lo más detallada posible.

Esta táctica ilegal la utilizan algunos bares y restaurantes para pagar más

Es hora de tener en cuenta algunos detalles que pueden acompañarnos en unas jornadas en las que quizás hasta ahora no nos habíamos ni fijado. Estamos perdiendo dinero y eso quiere decir que tocará ver qué es lo que nos depara este cambio de ciclo que tenemos por delante.

Ese IVA que puede aparecer de la nada e incrementa la cuenta es algo que podemos reclamar, en especial si no hemos sido informados de ese algo que tenemos por delante. Por lo que, habrá llegado el momento de apostar claramente por ciertos detalles que pueden ser significativos.

Para conocer los derechos y una de las normas claves que implica que este tipo de elementos pueden ser los que marcarán una diferencia importante. Tal y como nos explican en el Real Decreto correspondiente: «Este real decreto legislativo cumple con la previsión recogida en la disposición final quinta de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios, que habilita al Gobierno para que, en el plazo 12 meses, proceda a refundir en un único texto la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y las normas de transposición de las directivas comunitarias dictadas en materia de protección de los consumidores y usuarios que inciden en los aspectos regulados en ella, regularizando, aclarando y armonizando los textos legales que tengan que ser refundidos. Para la identificación de las normas objeto de refundición se ha considerado el listado del anexo de la Directiva 98/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 1998, relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios, que identifica las disposiciones comunitarias dictadas en materia de protección de los consumidores y usuarios, y, en consecuencia, las normas de transposición respecto de las cuales debe examinarse la procedencia de su incorporación al texto refundido. Analizado el anexo de la citada directiva, se integran en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias las normas de transposición de las directivas comunitarias que, dictadas en materia de protección de los consumidores y usuarios, inciden en los aspectos contractuales regulados en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y que establecen el régimen jurídico de determinadas modalidades de contratación con los consumidores, a saber: los contratos celebrados a distancia y los celebrados fuera de establecimiento comercio».