El juez del ‘caso Oltra’ archiva las denuncias de Manos Limpias por la gestión de la DANA
El sobreseseimiento puede ser recurrido ahora en reforma o apelación por Manos Limpias
La denuncia estaba dirigida contra la presidenta de AEMET, el presidente de la Confederación y un responsable de Emergencias
El titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, el mismo que dirige el procedimiento del conocido como caso Oltra, ha decidido sobreseer de modo provisional las diligencias abiertas por las denuncias interpuestas por el Sindicato Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias por la gestión de la DANA que ha asolado 103 municipios valencianos este 29 de octubre. Las denuncias de Manos Limpias estaban dirigidas contra los responsables de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y el secretario autonómico de la Agencia Valenciana de Emergencias.
El auto que este jueves el juez ha trasladado a las partes no es firme y puede ser recurrido en reforma y/o apelación, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
La decisión del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia se ha producido apenas dos días después de que se conociera que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia había atribuido precisamente ese juzgado la competencia para resolver la denuncia, resolviendo así el Alto Tribunal un conflicto entre Instrucción 15 e Instrucción 20 de Valencia, tal como publicó OKDIARIO.
En el auto antes citado, el juez sostiene que en las denuncias no aparece «suficientemente justificada» la comisión «de delito alguno». Y añade que los denunciantes, en este caso Manos Limpias, plantean una causa general o investigación prospectiva, algo proscrito en la legislación penal de un Estado constitucional.
Además, el juez no aprecia una atribución de «hechos relevantes» a cada uno de los denunciados «que permita su imputación judicial, siquiera provisional», por lo que su planteamiento, «por completo genérico, aboca a una auténtica investigación o causa general».
Estima también que «no es posible» iniciar procesos generales «para investigar en general a una persona, un entero ámbito profesional o empresarial o un fenómeno social, por atroces o lamentables que puedan parecer».
Además, el magistrado ha decidido no tener como acusación a Manos Limpias en el procedimiento hasta que interponga la preceptiva querella o satisfaga la fianza que en su momento se le pueda imponer.
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