LA DANA EN LOS TRIBUNALES

El confuso auto de la juez de la DANA para denegar un careo: «D. Susana C. envió a D. Susana C»…

La juez en su auto: "La Sra. Avelino M., alcaldesa de Chiva a fecha de la DANA, declaró haber comunicado la situación de Chiva al Sr. Avelino M."...

El confuso auto de la juez de la DANA para denegar un careo: «D. Susana C. envió a D. Susana C»…
Ignacio Martínez

La magistrada que instruye la causa de la DANA del 29 de octubre de 2024 en Valencia, Nuria Ruiz Tobarra, ha denegado en un auto con nombres confundidos, repetidos y cambiados y, por tanto, de difícil comprensión para las partes, la petición de la defensa del ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, investigado en la causa, de efectuar un careo con la alcaldesa de Torrent (Valencia), María Desamparados Folgado Tonda, quien recientemente ha comparecido con calidad de testigo. En el auto anonimizado, Emilio Argüeso aparece como Emilio A. y María Desamparados Folgado Tonda como María Desamparados F. T.

El auto resulta muy confuso, con menciones como «D. Susana C. envió a D. Susana C.»…, entre otras. La juez llega a manifestar en un párrafo que «(…) si se estimaba por la defensa del Sr. María de los Desamparados F. T. que las manifestaciones de la Sra. Emilio A. T. iban en contra de la versión de su cliente, su defensa pudo formular las preguntas que estimara pertinentes», cuando en realidad la referencia es a la defensa de Emilio Argüeso (Emilio A.) y quien testificaba era María de los Desamparados Folgado Tonda, alcaldesa de Torrent (María Desamparados F.T.).

Las confusiones de nombres y los cambios de género contenidos están esencialmente en el apartado tercero del razonamiento jurídico del citado auto. Y si bien la copia de ese auto, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, es anonimizada, las continuas repeticiones de nombres llevan a la confusión, por lo que es necesario leer más de una vez el escrito para entenderlo.

Así, se dice que la «Sra. Avelino M., alcaldesa de Chiva a fecha de la DANA, declaró haber comunicado la situación de Chiva al Sr. Avelino M. presente en el CECOPI». Si bien es cierto que el diputado provincial Avenilo Mascarell (Avelino M.) estuvo en el CECOPI, la alcaldesa de Chiva no responde a ese mismo nombre (Avelino M.), como aparece en el escrito, sino al de Amparo Fort. Es decir, la duplicación del mismo nombre en cuanto a quién comunicó la situación y a quién se lo transmitió puede inducir al error.

En el siguiente párrafo, la juez de la DANA dice: «Ello es coherente con el mensaje de WhatsApp que, a las 17:48 h. D. Susana C. envió a D. Susana C. diciéndole que se hablaba (en el CECOPI) de evacuar Montroy (…)», en alusión a la vicepresidenta primera del Consell, Susana Camarero. Pero lo que gramaticalmente expresa la frase es que la propia Susana C. se envió un mensaje de WhatsApp a sí misma.

En ese mismo párrafo, señala que «la alcaldesa de Torrent llamó a María de los Desamparados F. T. y le dijo que el barranco llevaba olas». Cuando la alcaldesa de Torrent y María de los Desamparados Folgado Tonda (María de los Desamparados F.T.) son la misma persona. Es decir, que de nuevo induce a interpretar que la citada alcaldesa se llamó a sí misma».

A punto y seguido, añade la juez que: «Lógicamente, la Sra. Vicente M. se refería al barranco donde ella se encontraba, en Torrent». En otra confusa referencia, por cuanto a tenor de la redacción habría que entender que el presidente de la Diputación de Valencia, Vicente Mompó (Vicente M.), se refería al barranco donde él se encontraba. Pero la utilización del género femenino y la referencia al barranco hacen pensar que a quien quería referirse la juez es de nuevo a María de los Desamparados Folgado Tonda.

Más adelante, en el auto, se dice que: «(…) si se estimaba por la defensa del Sr. María de los Desamparados F. T. que las manifestaciones de la Sra. Emilio A. T. iban en contra de la versión de su cliente, su defensa pudo formular las preguntas que estimara pertinentes, en su declaración testifical de 25 de mayo de 2026 (…)». Otra nueva mención que induce a confusión, por cuanto, en realidad, es al revés. Ya que quien testificó ese día no fue el investigado Emilio Argüeso, sino la testigo María de los Desamparados F. T.

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