Revés judicial a la Diputación de Sevilla: anulan el sistema utilizado para cubrir 36 puestos directivos
La jueza ha estimado que no se ha justificado el porqué esos cargos se cubrieron mediante concurso específico
Multitud de funcionarios no pudieron concurrir a dichas plazas debido al cambio de sistema de elección
Nuevo revés judicial para la Diputación de Sevilla. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 13 de Sevilla ha anulado el cambio del sistema de previsión de 36 puestos de jefatura de servicio y dirección de centro al concluir que la institución provincial modificó la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) sin justificar por qué esos cargos debían dejar de cubrirse mediante concurso ordinario para pasar a un concurso específico.
La sentencia estima íntegramente el recurso presentado por el sindicato CSIF y considera que la Diputación no tuvo justificación alguna para tomar una decisión que afectaba a decenas de puestos de responsabilidad repartidos por distintas áreas de la administración provincial.
El origen del proceso se encuentra en el acuerdo aprobado por el pleno de la Diputación el 10 de mayo de 2023, cuya aprobación definitiva fue publicada el 17 de julio de ese año en el Boletín Oficial de la Provincia. Entre las modificaciones introducidas figuraba el cambio en la forma de provisión de 36 jefaturas de servicio y direcciones de centros, que pasaban del concurso ordinario al concurso específico.
Este último sistema incorpora una segunda fase en la que pueden valorar memorias, entrevistas o méritos directamente relacionados con el puesto, a diferencia del concurso ordinario, basado exclusivamente en la valoración objetiva de los méritos de los aspirantes.
La Diputación, por su parte, defendió durante el procedimiento la legalidad del acuerdo y trató de que el recurso fuera inadmitido al considerar que había sido presentado fuera de plazo y cuestionando la legitimación de CSIF para impugnar la decisión. Sin embargo, la magistrada rechazó ambos argumentos y avaló tanto la capacidad del sindicato para recurrir como la presentación del recurso dentro del plazo legal.
Pero el mayor reproche judicial llega al analizar el fondo del asunto. La sentencia recuerda que la legislación permite utilizar el concurso específico para determinados puestos cuando su naturaleza así lo aconseje, aunque advierte de que esa decisión debe estar suficientemente motivada.
En este caso, el juzgado concluye que esa motivación simplemente no existe. La resolución afirma que en el expediente administrativo «no hay un análisis del contenido y naturaleza de las funciones encomendadas a cada puesto» que permita acreditar que se trata de plazas de especial responsabilidad que justifiquen un sistema de provisión distinto al concurso ordinario.
La magistrada añade que la Diputación se limitó a cambiar el sistema de cobertura sin explicar por qué era necesario restringir el acceso a esos puestos mediante un procedimiento diferente, dejando fuera a funcionarios que podrían haber concurrido en igualdad de condiciones si se hubiera mantenido el concurso general.
Como consecuencia, la sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, anula el concurso específico para los 36 puestos afectados, entre ellos numerosas jefaturas de servicio y direcciones de centros y residencias provinciales. No obstante, el fallo no invalida la totalidad de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada por la Diputación, sino únicamente el cambio en la forma de provisión de esas plazas, al considerar que carece de la motivación exigida. En cualquier caso, la sentencia todavía no es firme y la Diputación de Sevilla podrá recurrirla, apelando ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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