A prisión un hombre por aprovechar un permiso penitenciario para violar a su propia hija, de 22 años
El condenado engañó a su hija para quedarse a solas con ella y llevar a cabo la violación


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un varón de 53 años de edad, con 46 en el momento de los hechos, a cuatro años de cárcel como autor de un delito agresión sexual ejecutado con violencia y prevalimiento, con la atenuante de dilaciones extraordinarias e indebidas, cometido sobre su hija, de 22 años cuando sucedió, en un permiso penitenciario del padre. Según recoge la resolución, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirma la sentencia de la Audiencia de Córdoba, aunque cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
En concreto, se da por probado que el varón el día 24 de diciembre de 2017 estaba disfrutando un permiso penitenciario en una casa de campo en una pedanía de la provincia, cuando pidió por teléfono a su hija que lo recogiera al día siguiente en tal sitio para llevarlo al Centro de Inserción Social de Córdoba. En la tarde del día 25 de ese mes, la hija acudió a la casa de campo en coche, junto a dos personas más, para trasladar a su padre a Córdoba, tal y como habían quedado, si bien, «bajo engaño, el padre consiguió quedarse a solas con su hija», para posteriormente «abalanzarse sobre ella, cogerla de la cintura y estamparla contra un muro del salón, empujándola, golpeándola y arrastrándola con violencia hacia el dormitorio, que está ubicado contiguo al salón».
Allí supuestamente consumó el delito por el que ha sido condenado, «a pesar de la tenaz y fuerte oposición de la mujer». Al respecto, hubo «varios forcejeos entre ellos hasta que sonó un pitido en el teléfono de ella que motivó que el padre cesara en su actuación violenta, pidiéndole entonces éste perdón a su hija, lo que aprovechó ella para, mediando un abrazo con el padre y a sus espaldas, mandar mensajes telefónicos de socorro» a las otras dos personas, «saliendo luego corriendo de la casa, a pesar de los esfuerzos del padre por retenerla, siendo finalmente recogida en la carretera minutos después por esas dos personas», a la vez que el acusado huyó de la casa.
A consecuencia de lo ocurrido ese día, la mujer ha sufrido varios traumatismos, como facial, cervical y en tronco, junto a otras heridas y crisis de ansiedad, siendo asistida en un centro sanitario una sola vez y tardando en curar las heridas 45 días -con pérdida temporal de la calidad de vida moderada-, restándole un trastorno por estrés postraumático. Además de la pena de prisión, el procesado ha sido condenado a una orden de alejamiento durante once años por el delito citado y al pago de una multa de 200 euros y orden de alejamiento de 70 días sobre su hija, como autor de un delito leve de lesiones en el que concurre la atenuante de dilaciones extrordinarias e indebidas en el procedimiento, a la vez que deberá abonar a su hija 600 euros por el tiempo que tardó en curar las heridas sufridas, mil euros por la secuela derivada y 15.000 euros por el daño moral sufrido.
Temas:
- Córdoba
- Violaciones