Tribunales

Julián Muñoz, condenado de nuevo a prisión por fraude y prevaricación en el Ayuntamiento de Marbella

Sobre él recaían ya siete sentencias firmes por un total de 22 años de prisión

Actualmente cumple condena en su domicilio debido a su delicado estado de salud

Julián Muñoz
Julián Muñoz, ex alcalde de Marbella. (Foto: EP)
David García de Lomana

La Audiencia de Málaga ha condenado al ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz a 18 meses de prisión y 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por delitos de prevaricación administrativa, fraude y prevaricación urbanística durante su etapa en el Ayuntamiento. La sentencia llega tras un acuerdo de conformidad alcanzado con la Fiscalía.

También han sido condenados varios de sus ex concejales y un promotor a penas que oscilan entre el pago de una multa y los nueve años de cárcel. Quedan absueltos el que fuera asesor de Urbanismo Juan Antonio Roca y otro empresario, al considerar la Audiencia que los delitos imputados ya fueron juzgados o han prescrito.

Julián Muñoz, recordemos, entró como concejal en Marbella en 1991 de la mano de Jesús Gil. Tras la dimisión de éste en 2002 por el desvío de fondos municipales al Atlético de Madrid, Muñoz le relevó en la Alcaldía. En las elecciones de 2003 el Grupo Independiente Liberal (GIL) logró la mayoría absoluta, y con Jesús Gil inhabilitado, Muñoz fue investido otra vez alcalde. Apenas tres meses después, con el sueldo embargado y Roca cesado, una moción de censura impulsada por siete tránsfugas del GIL le arrebató el bastón de mando. Muñoz fue detenido en 2006 en la segunda fase del caso Malaya, la trama de corrupción inmobiliaria más importante destapada en España, y desde entonces ha estado entrando y saliendo de prisión.

Sobre el ex marido de Isabel Pantoja recaen hasta siete sentencias firmes por un total de 22 años de prisión, aunque debido a su estado de salud en 2016 abandonó el centro penitenciario de Alhaurín de la Torre (Málaga) para cumplir su condena en tercer grado en el Centro de Inserción Social (CIS) de Algeciras (Cádiz). La Audiencia Nacional accedió en 2017 a que cumpliera el resto de la pena en su domicilio con un dispositivo de control telemático. Tiene 76 años.

La nueva sentencia

Ahora, más de 20 años después de su salida del Ayuntamiento, se le condena a 18 meses de cárcel por los ya citados delitos, estimando la atenuante de dilaciones indebidas.

Así se desprende de la sentencia y del auto, consultados por Europa Press, dictados por la Sección Primera de Málaga en una causa en la que se han investigado varios delitos en relación con los sucesivos convenios firmados desde 1995 por el Ayuntamiento de Marbella con relación a la cesión de parcelas y aprovechamientos a entidades vinculadas a dos empresarios -uno de ellos Tomás Olivo, que ha sido absuelto-.

En diciembre de 2021 se celebró una primera comparecencia en la que el fiscal -única parte acusadora tras retirarse las particulares- y las defensas hablaron de una posible conformidad. En noviembre de 2022 se celebró otra vista en la que se presentó un nuevo escrito de acusación con el que se mostraron de acuerdo nueve acusados, en su mayoría ex ediles, y el empresario José María E. G.

No obstante, ni Muñoz ni Roca ni el empresario Tomás O. mostraron su conformidad. Para estos tres se fijó el inicio del juicio en octubre de 2023. Ya entonces, el ex alcalde sí se mostró de acuerdo con el escrito de acusación modificado y reconoció los delitos de prevaricación y fraude.

Las defensas de los otros dos procesados presentaron cuestiones previas argumentando que algunos hechos ya habían sido juzgados, dado que ya se trataron en el caso Malaya y en otros procedimientos, o ya habían prescrito.  La Sala dio la razón a las defensas y se acordó el sobreseimiento y archivo de la causa respecto de Roca y Tomás O.

Ahora, en este nuevo auto, en el caso de Tomás O. se estiman prescritos los delitos por los que era acusado de fraude, cohecho y malversación, incidiendo en que son convenios firmados en 1994, mientras que otros hechos se consideran investigados ya en otros procedimientos, por lo que se determina el sobreseimiento de la causa.

En el caso de Roca, se le absuelve por los mismos motivos, ya que no fue interrogado por algunos de los hechos imputados, y por tanto deben excluirse, además de otros ya vistos en el caso Malaya o en el caso Saqueo. También estima la Sala que se le apliquen las prescripciones ya determinadas para el anterior acusado. Contra dicha resolución no cabía recurso.

Tras ese archivo de la causa para Roca y el empresario, las defensas de la mayoría de los acusados ratificaron su conformidad ya expresada, pero no así las defensas de Muñoz y del otro promotor, que pidieron acogerse a la prescripción o cosa juzgada declarada para los anteriores e instaron a que se acordara también para sus clientes el sobreseimiento de la causa.

Pero la Sala dicta en su sentencia que la pretensión de estos acusados, «desdiciéndose de su conformidad anterior, no puede prosperar». «No pueden pretender que se les aplique de forma automática, sin explicar ni exponer los motivos en los que se basan para ello, los pronunciamientos contenidos en el auto, pues su intervención en los hechos no fue la misma ni tampoco la prescripción opera para todos de forma idéntica», apunta.

Asimismo, la resolución señala que «no cabe apreciar que cuando prestaron su consentimiento tuvieran viciada su voluntad o carecieran del correspondiente asesoramiento jurídico por parte de sus respectivos letrados defensores». Además, indica que los demás acusados «o bien presentaron escrito ratificando la conformidad prestada con anterioridad o bien guardaron silencio no oponiéndose a la validez de la misma».

Por ello, y tras «las distintas vicisitudes por las que ha atravesado el procedimiento», se dicta esta sentencia «de acuerdo con las conformidades alcanzadas entre las partes», al «no estimarse incorrecta» por el tribunal «la calificación formulada, entendiendo, por otro lado, que la pena procede legalmente y no existiendo duda de que los acusados han actuado libremente».

El fiscal de Málaga ha anunciado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el sobreseimiento de la causa respecto a Roca y el empresario, según han informado a Europa Press fuentes del Ministerio Público.

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