Estas son las medidas anticovid en Andalucía a partir de este viernes

Madrid Covid
Una terraza de Madrid.

Andalucía arranca este viernes 18 de diciembre la segunda fase del plan de desescalada de cara a las fechas navideñas. La Junta de Andalucía reitera el llamamiento a la responsabilidad y a la concienciación de todos los andaluces para evitar una tercera ola en el mese de enero.

Desde este fin de semana se restablece la movilidad entre provincias, se amplía el horario de la hostelería -que podrán realizar el servicio de cenas de 20 a 22:30- y se reduce el toque de queda, que comenzará una hora más tarde -a las 23 horas- y concluirá una hora antes -a las 6:00-.

La Junta de Andalucía ha especificado este jueves en rueda de prensa que las cafeterías podrán abrir también de 18 a 20 horas pero sin dispensar bebidas alcohólicas. Se excluyen de esta excepción a restaurantes y pubs que sirvan café.

La Junta de Andalucía permitirá desde la medianoche de este viernes, 18 de diciembre, a las cafeterías de la comunidad autónoma permanecer abiertas en la franja de 18,00 a 20,00 horas, pero sin que puedan dispensar en ese horario bebidas alcohólicas.

Queda además ampliado el servicio de entrega a domicilio. Los establecimientos de restauración podrán despachar pedidos hasta las 23:30, si bien la hora límite para solicitar el servicio queda fijada a las 22:30 horas.

Estas nuevas medidas quedan vigentes hasta el próximo 10 de enero. El Gobierno andaluz no descarta tener que endurecer de nuevo las restricciones en los próximos días en función de la evolución de la pandemia.

Fase 2 de desescalada

La movilidad entre las provincias de la comunidad autónoma, que quedó restringida para frenar la expansión de la pandemia de Covid-19, vuelve a estar permitida a partir de las 0:00 horas de este viernes, 18 de diciembre, y hasta el próximo 10 de enero de 2021, según lo recogido en el decreto del Presidente 12/2020, de 11 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de contagios de coronavirus.

De igual modo, desde la medianoche de este viernes, y hasta las 0:00 horas del día 10 de enero, el horario del toque de queda nocturno, por el que se limita la circulación de personas durante la noche, reduce en dos horas su extensión actual y queda fijado entre las 23:00 y las 6:00 horas.

No obstante, seguirá estando permitida la circulación de personas en dicha franja horaria si es para adquirir «medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad»; para asistir a «centros, servicios y establecimientos sanitarios», o a «centros de atención veterinaria por motivos de urgencia», así como para cumplir «obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales».

Igualmente, se puede circular en el horario del toque de queda nocturno si es para volver al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas entre las excepciones contempladas; si es para asistir y cuidar a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas «especialmente vulnerables», así como con motivo de «partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas», o por «partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto».

Las actividades de lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios, y el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio «cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores», también son causas que justifican la movilidad durante el toque de queda, al igual que las causas «de fuerza mayor o situación de necesidad», y «cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».

De igual modo, la orden de 11 de diciembre de 2020 de la Consejería de Salud y Familias por la que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la Covid-19 durante el periodo prenavideño y navideño, recoge que, a partir de las 0:00 horas de este viernes día 18, los establecimientos de restauración y hostelería podrán permanecer abiertos hasta las 18:00 horas, como hasta ahora, y volver a abrir desde las 20:00 horas hasta las 22:30 horas.

Por su parte, las cafeterías -se excluyen bares y pubs que sirvan café- podrán abrir ininterrumpidamente hasta las 22:30 pero con la prohibición de ofrecer bebidas alcohólicas en el tramo de 18 a 20 horas.

Reuniones familiares: 10 personas

El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior y portavoz del Gobierno andaluz, Elías Bendodo, ha señalado este jueves, en declaraciones a la Cadena SER recogida por Europa Press, que «en principio» lo que «está previsto» es que las reuniones familiares en Navidad en Andalucía puedan ser de hasta diez personas, y se recomienda, además, que éstas no sean de «no más de dos unidades familiares» distintas.

Por su parte, el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, ha explicado en una entrevista en Canal Sur Televisión recogida por Europa Press, que el comportamiento actual de la pandemia en Andalucía «es bueno dentro de la peligrosidad». «Si lo hacemos bien como hasta ahora, evitaremos una tercera ola de pandemia», ha subrayado el consejero.

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