Los cuatro fiscales del Supremo pidieron prisión para Forn “porque es un secesionista»
La Fiscalía pide libertad con fianza de 100.000 euros para Forn
El Supremo tumba la petición de la Fiscalía General y deja al ‘enfermo’ Forn en prisión sin fianza
El primer escrito de la Fiscalía pedía prisión incondicional para Joaquim Forn por haber partidos golpistas “que claramente siguen apostando por la utilización de mecanismos de secesión”. El escrito que debía haberse leído y expuesto en la vista en la que se dirimía el recurso del ex conseller catalán distaba mucho de la versión finalmente decidida por el fiscal general del Estado, Julián Sánchez Melgar.
El escrito, firmado por el fiscal Javier Zaragoza –y al que ha tenido acceso OKDIARIO– reclamaba la prisión incondicional de forma contundente. Pero, además, lo hacía con un argumento que es perfectamente aplicable a todo el resto de imputados y, desde luego, a todo el resto de presos preventivos para que ninguno pueda salir de prisión, al menos, hasta que el ambiente golpista desaparezca de los principales partidos separatistas en Cataluña.
Y es que Javier Zaragoza subrayaba en su escrito que “lo cierto es que en el contexto actualmente vigente existen sectores y fuerzas políticas que claramente siguen apostando por la utilización de mecanismos de secesión al margen de las normas constitucionales”. Y que, por lo tanto, “no existe la certeza de que su actuación vaya a ser presidida por el respeto y la sujeción al ordenamiento jurídico vigente”. Factores que obligan a admitir un elevado riesgo de reiteración delictiva porque no hay nada que “permita excluir radicalmente la repetición de hechos delictivos tan graves como los acontecidos”.
El argumento de Zaragoza es el que pretendía defender el fiscal Fidel Cadena en la vista. Pero, en vez de ello, cuando llegó su turno de exposición, sustituyó el escrito de Zaragoza por una simple petición: justo la contraria, la de libertad bajo fianza de 100.000 euros por motivos de salud. Cadena tan sólo señaló en sus poco más de 30 segundos de intervención que la nueva postura procedía de la Fiscalía General del Estado.
Una bomba jurídica
El escrito del fiscal Zaragoza era literalmente una bomba jurídica. Su argumentación contundente implicaba asumir un hecho que ya pocos ponen en duda pero cuyas consecuencias a medio plazo son demoledoras: que los partidos –y no sólo las personas concretas– que impulsaron el golpe del 1-O siguen impulsándolo pese a la instrucción judicial abierta y a la aplicación del artículo 155 de la Constitución.
Una bomba que fue sustituida después de haber sido presentada ante el Tribunal Supremo y de que la conociera el juez instructor Pablo Llarena. El resto ya es conocido: la Sala de Apelaciones del Supremo se negó a aceptar el criterio del Fiscal General y, por lo tanto, rechazó la petición de libertad de Form. Una petición que se apoyaba principalmente en una enfermedad -la tuberculosis- esgrimida por Forn y que es falsa según los exámenes médicos a los que ha sido sometido -tal y como ya ha adelantado OKDIARIO-.
Por si fuera poco, Zaragoza citaba dos partidos en concreto en su escrito. Y mostraba como ejemplo de actitud inconstitucional “el reciente acuerdo alcanzado por las formaciones políticas JxCat y ERC que prevé la continuación del proceso constituyente que termine con la constitución de la República, la creación de instituciones paralelas como la Asamblea de Representantes o el Consell de la República en el exilio o en la sombra que dirijan los destinos de Cataluña”.
Bajo criterios exigidos por el TEDH
Por todo ello, Zaragoza señalaba que “puede afirmarse que las circunstancias objetivas concurrentes en el contexto actual no avalan una situación de absoluta normalidad constitucional y estatutaria, que permita excluir radicalmente la repetición de hechos delictivos tan graves como los acontecidos, de modo que el juicio de reiteración delictiva se adecua plenamente a los parámetros exigidos por el TEDH para validar una medida cautelar tan rigurosa como la prisión preventiva: la previsible continuación prolongada de actos punibles, la gravedad de los perjuicios sufridos por las víctimas con la crisis política, económica, y constitucional abierta en Cataluña por el intento de segregación violenta de ese territorio, o la perturbación del orden público provocada por la infracción penal perpetrada”.
Los argumentos esgrimidos por Zaragoza son “motivos suficientes para justificar el mantenimiento de una medida cautelar de prisión que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y la inestabilidad político-institucional generada, no puede considerarse inidónea, desmedida o desproporcionada”.
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