El Supremo condenó al editor de ‘El Plural’ por publicar «noticias falsas» sobre el ex jefe de la AVT
Ya está confirmada la fecha que Mario Picazo acaba de señalar en el calendario: "El nuevo golpe de calor llega justo después de las tormentas"
AEMET mira a julio y lo que ve en la primera quincena no invita precisamente al optimismo: llega el horno térmico a España
Cunde la preocupación en el sur de España tras el aviso de AEMET: calor intenso la próxima semana y sin alivio a la vista
La Sala Primera del Tribunal Supremo confirmó en julio de 2012 la condena a Enric Sopena, director de El Plural, por intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen y el honor del ex presidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) Francisco José Alcaraz y su mujer, Mamen Álvarez.
El Alto Tribunal condenaba a Sopena a pagar una indemnización de 1.800 euros a Alcaraz y otros 900 a su esposa. También debía publicar en su página web elplural.com el encabezamiento, fundamento jurídico quinto y fallo de la resolución, además de eliminar de dicho digital toda la información referida a los artículos relacionados con Alcaraz.
El medio digital de Sopena había publicado en el año 2007 una serie de reportajes y artículos en los que cargaba contra el entonces presidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y su mujer. «El crisol. Viajes Alcaraz» y «El escabroso pasado y polémico presente del presidente de la AVT» fueron el título de los artículos por los que Sopena y El Plural fueron declarados culpables, en diferentes sentencias, de intromisión ilegítima en los derechos a la propia imagen y al honor.
La Audiencia Provincial de Jaén consideró que Sopena y los autores de los artículos transmitían información de «unos hechos totalmente falsos». Aseguraban, por ejemplo, que el presidente de la AVT llegaba a cobrar 200 euros diarios en concepto de dietas y su mujer 3.000 euros mensuales, cuando la realidad era que al presidente de de la AVT entre 2004 y 2008 sólo se le abonaban los gastos de sus viajes a Madrid y que su esposa no cobraba nada por su labor en la misma asociación.
Sopena interpuso recurso ante el Supremo amparándose en el derecho a la libertad de información y a la libertad de expresión. Sin embargo, el Alto Tribunal dio un varapalo en su resolución al editor de El Plural al considerar que «la información enjuiciada era falsa y no se agotó el deber de diligencia profesional exigible» por lo que dichos artículos no podían ampararse nunca en los preceptos con los que se excusaba el periodista porque lo que contenían no era más que «la propagación de un rumor o una invención que aquel medio colaboró en que circulara, sin que le exima de responsabilidad el que otros medios también publicaran tal información».
Concluye el Supremo que los textos contra los demandantes no tenían otro fin que «desprestigiarlos imputándoles su lucro personal, que por ningún otro medio lícito podrían conseguir dada su falta de cualificación profesional, a costa de una asociación altruista».
Lo último en Sociedad
-
AEMET mira a julio y lo que ve en la primera quincena no invita precisamente al optimismo: llega el horno térmico a España
-
¿Llegará El Niño a España en 2026? La AEMET aclara qué puede ocurrir
-
La advertencia de Roberto Brasero sobre el tiempo en España: llega un frente que cambiará las temperaturas
-
El Niño llama a la puerta: la ONU emite una alerta mundial por sus posibles efectos
-
Canarias se prepara para un cambio de tiempo: la AEMET prevé viento de hasta 70 km/h
Últimas noticias
-
Miles de usuarios de Movistar+ sufren cortes y fallos en la emisión del programa de Iker Jiménez por segunda vez
-
«Noches del Botánico» vuelve a convertir Madrid en un gran escenario
-
«El hijo de la cómica»: teatro clásico con mirada contemporánea
-
Carmen Martín Gaite, la escritora que cambió la narrativa española
-
El Málaga gana por la mínima en Las Palmas y se acerca a la final del playoff de ascenso a Primera