El serio aviso de la DGT por esto que hacemos cada invierno al volante
Aviso muy importante de la DGT: la fecha límite para cambiar esto en tu coche
La DGT avisa: multa de hasta 200 euros por usar de esta forma los intermitentes
La DGT explica cómo hay que circular por una rotonda
Hay algunos hábitos que tenemos al volante y que pueden ponernos en peligro, tanto a nosotros como al resto de conductores de la vía. Ahora que ha llegado el frío, somos muchos los que conducimos con el abrigo puesto en trayectos cortos, pero a partir de ahora, esto puede ser motivo de multa por parte de a Dirección General de Tráfico (DGT).
¿Por qué es peligroso conducir con el abrigo puesto?
La recomendación de la DGT es que nos quitemos el abrigo y encendamos la calefacción del coche. De esta manera, podremos conducir más cómodos y sin miedo a que nos multen. Pero, ¿por qué se considera que el abrigo es un riesgo para la conducción? Son varios los motivos.
Lo primero a tener en cuenta es que, si se trata de un abrigo acolchado, crea una cámara de aire que impide que el cinturón de seguridad cumpla su función como es debido. Por lo tanto, en caso de frenazo brusco o accidente, podríamos sufrir lo que se conoce como «efecto submarino».
El «efecto submarino» se produce cuando el cuerpo no está correctamente sujeto por el cinturón de seguridad. Presiona el asiento hacia abajo, y empieza a deslizarse debajo de la banda abdominal del cinturón de seguridad. Se trata de una situación muy peligrosa, porque aumenta el riesgo de chocar contra el salpicadero o el volante.
A esto hay que sumar que el abrigo dificulta en gran medida las maniobras con el volante, algo que también supone un riesgo en la carretera. El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación es muy claro al respecto: «El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
Ahora bien, la norma es interpretable, así que es posible que un agente de tráfico simplemente nos avise de que nos quitemos el abrigo para conducir. Sin embargo, si considera que esta prenda nos impide mantener la libertad de movimientos, nos puede poner una multa de 80 euros. Si se ha producido un accidente, la sanción puede ascender a hasta 200 euros.
Por lo tanto, este invierno, nada de conducir con el abrigo puesto. Aunque sea para hacer un trayecto corto, siempre tenemos que quitárnoslo antes de ponernos al volante.
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