¿Las motos pueden aparcar en la acera? La respuesta definitiva
La DGT lanza una advertencia sobre las luces del coche que muy pocos conductores conocen
La DGT puede multar con hasta 20.000 euros por estas infracciones al volante
Radares autónomos que se mueven solos: así funciona la nueva amenaza para los conductores
Es muy habitual encontrarse, especialmente en las grandes ciudades, una hilera de motos aparcadas en la acera. Sin lugar a dudas, una de las grandes ventajas que presentan los vehículos de dos ruedas frente a los coches es que no tienen problemas a la hora de encontrar un aparcamiento. Pero, ¿está permitido aparcar las motos en la acera?
La respuesta es más compleja de lo que parece: depende. Ahora bien, es importante saber cuándo se puede dejar la moto encima del bordillo porque, de lo contrario, la multa económica oscila entre los 80 y los 200 euros, en función de lo grave que sea considerada la infracción según la normativa municipal. Por lo general, la multa es de 100 euros, y se puede rebajar un 50% por pronto pago.
El Reglamento General de Conductores indica que está terminantemente prohibido aparcar las motos en la acera y todas aquellas zonas que están destinadas al paso de peatones. Sin embargo, el artículo 7 especifica que deben ser las ordenanzas municipales las que regulen la distribución de los aparcamientos y el uso de la vía urbana.
Casos en los que sí se puede aparcar la moto en la acera
Hay varias ciudades españolas que sí permiten el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas de forma paralela al bordillo y separadas a la pared, siempre y cuando la acera tenga como mínimo tres metros de anchura. Si la acera es de seis metros, se pueden aparcar las motos en batería, siempre en la zona más próxima a la calzada. Eso sí, no se puede aparcar la moto en calles peatonales ni amarrándola al mobiliario urbano, como bancos o farolas.
Claro que también hay ciudades que no permiten estacionar la moto encima del bordillo en ningún caso: Málaga, Granada, Alicante, Bilbao, Gijón, San Sebastián, Oviedo, Valladolid y Santander.
Madrid
La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) introduce una serie de novedades:
- Si hay banda de estacionamiento, hay que aparcar a más de 80 centímetros del bordillo para que los coches puedan abrir la puerta.
- No está permitido aparcar 20 metros antes de una parada de autobís ni 5 metros después, en sentido de la marcha.
- Las motos de motosharing no pueden aparcar en la acera si hay una reserva paa motos en la calzada a menos de 100 metros.
Temas:
- Motos
Lo último en Sociedad
-
Leticia Sabater lanza el «Kit Kit Traca Traca»: su nueva canción del verano para pillar subvenciones
-
Pedro Piqueras saca a la luz un secreto de la Reina Letizia que no ha sorprendido a nadie: «Era una…»
-
Iker Jiménez y Carmen Porter confirman por primera vez lo que todos se preguntaban sobre ellos y llevan razón
-
Fue el famoso más conocido de España en los 2000: ahora vive de una paga del Gobierno
-
Bertín Osborne habla sin tapujos de su malestar en este momento de su vida: «Ya no puedo más»
Últimas noticias
-
Starmer condiniona el reconocimiento del Reino Unido a Palestina como Estado a un plan de paz «más amplio»
-
Von der Leyen y Trump buscarán alcanzar un acuerdo comercial el domingo en Escocia sobre los aranceles
-
Oficial: Rodrigo de Paul deja el Atlético para marcharse al Inter Miami con Messi
-
Las jugadoras explican el crecimiento de España: «Había talento pero físicamente no estábamos a la altura»
-
Comprobar Euromillones: resultado y números premiados del sorteo hoy, viernes 25 de julio de 2025