Sociedad

La DGT equipara la sanción por usa el móvil al volante con la de conducir borracho

Los conductores recuperarán los puntos perdidos después de dos años sin cometer sanciones

También se sancionará el uso de navegadores mientras que se está al volante

La DGT propone aumentar la pérdida de puntos del carné por utilizar el móvil al volante. En concreto, pretende quitar 6 puntos por utilizar el móvil al volante, equiparando así este comportamiento al consumo de alcohol o drogas, que también se penarían con 6 puntos menos.

Lo mismo que tomar drogas

Así se desprende del borrador del anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley de Tráfico –y que se prevé que entre en vigor en 2019–, que fija la pérdida de 6 puntos por usar el móvil durante la conducción. El director general de Tráfico, Pere Navarro, ya anunció en septiembre que se perseguiría esta acción aumentando la retirada de puntos –actualmente penado con 3 menos–, pero no llegó a fijar esta sanción, señalando que la propuesta de la DGT oscilaba entre los 4 o 6 puntos de retirada.

En concreto, se retirarían 6 puntos por «utilizar, sosteniendo o sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil conduciendo, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a la anterior, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación».

Así, este comportamiento supondría perder los mismos puntos que conducir con presencia de drogas en el organismo, superando la tasa máxima de alcohol permitida, conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido, participar en carreras o competiciones no autorizadas o utilizar mecanismos de detección de radares.

«De esta forma, estas infracciones quedan claramente identificadas como los comportamientos más reprochables en materia de seguridad vial, y el mensaje a los conductores es nítido en este sentido», señala el borrador, que destaca que los cambios se centran en aquellos comportamientos que los expertos identifican como «los más peligrosos en la actualidad».

La reforma se centra también en el aumento en el número de puntos que se recuperan tras la superación de los cursos de sensibilización y reeducación vial, ya que se busca «compensar aspectos que aumentan la presión punitiva a los conductores» con «medidas que favorecen el cambio de comportamiento de los conductores, y que recompensan a aquellos que se adaptan e interiorizan una conducción que minimiza los riesgos».

Así, el texto propone incrementar el número de puntos que se pueden recuperar por la superación de los cursos de sensibilización y reeducación, pasando a un máximo de 6 a 8 puntos.

Estos cursos quedarían regulados en una orden ministerial que se espera que entre en vigor el 1 de julio de 2019. Según el proyecto de esta orden ministerial, los cursos de recuperación parcial de puntos tendrán una duración de 12 horas, mientras que los de recuperación del permiso constarán de 24 horas.

Esta orden tiene por objeto determinar el contenido, la duración y los requisitos de los cursos de sensibilización y reeducación vial. Según el texto, en los cursos de recuperación parcial habrá un apartado dedicado a la velocidad, el alcohol, las drogas, los medicamentos y las distracciones como «los principales factores de riesgo de los accidentes».

Recuperación de puntos en dos años 

Por otra parte, la modificación legislativa quiere que los cursos de conducción segura, que según el texto «han ganado prestigio con el tiempo», sirvan para bonificar al conductor con 2 puntos adicionales, pudiendo tener hasta un máximo de 15 puntos y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años.

Además, se unifica a dos años el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos, desapareciendo la distinción existente hasta ahora entre dos años cuando constan sanciones graves y tres años cuando constan sanciones muy graves, siempre y cuando durante esos dos años el conductor no haya sido sancionado.

Otro aspecto que sufre una modificación es la llamada conducción profesional. El primer cambio a destacar es que se habilitará un sistema telemático que permitirá comunicar a las empresas de transporte de personas o de mercancías las declaraciones de pérdida de vigencia de los conductores profesionales que tienen empleados, al considerar la DGT «lógico» que la empresa tenga conocimiento de ello.

Además, también se prevé desarrollar un sistema ‘on line’ que favorecerá que las empresas de transporte puedan conocer si un conductor profesional que trabaja en estas empresas se encuentra en situación legal de poder conducir vehículos de transporte.