La DGT alerta: dar marcha atrás te puede costar 500 euros y 6 puntos del carnet
¿Sabes lo que es la distancia de reacción? La DGT te lo recuerda
Esquivar los radares te saldrá más caro que pagar una multa por velocidad
Vacaciones 2021: cómo usar el aire acondicionado en el coche
A la hora de ponernos al volante es fundamental que conozcamos al detalle el Reglamento General de Circulación. Y es que hay maniobras tan sencillas y comunes como la de dar marcha atrás que en determinadas situaciones pueden costarnos una multa de la DGT.
Tal y como detalla este organismo, la utilización indebida de la marcha atrás, más allá de los 500 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet de conducción, puede ponernos en peligro, tanto a nosotros como al resto de usuarios de la vía.
¿Cuándo podemos circular marcha atrás?
Lo primero y más importante es saber cómo tenemos que utilizar la marcha atrás. El artículo 32 de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial es muy claro al respecto: «Se prohíbe circular marcha atrás, salvo en los casos en que no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha, y en las maniobras complementarias de otra que las exija, y siempre con el recorrido mínimo indispensable para efectuarla».
Por lo tanto, únicamente podemos circular marcha atrás en dos situaciones muy concretas. En primer lugar, cuando nos resulte imposible ir hacia delante, cambiar de sentido de marcha o cambiar de dirección. Y, en segundo lugar, en aquellas maniobras en las que tengamos que ir marcha atrás sí o sí, como por ejemplo a la hora de aparcar.
Ahora bien, debemos tener muy en cuenta cuál es la distancia que podemos recorrer al circular marcha atrás cuando lo hacemos como complemento de una maniobra de estacionamiento, parada o incorporación a la circulación: 15 metros.
«La maniobra de marcha atrás debe efectuarse lentamente, después de haberlo advertido con las señales preceptivas y de haberse cerciorado, incluso apeándose o siguiendo las indicaciones de otra persona si fuera necesario, de que, por las circunstancias de visibilidad, espacio y tiempo necesarios para efectuarla, no va a constituir peligro para los demás usuarios de la vía»
Las multas de la DGT por usar la marcha atrás de manera indebida
Si circulamos marcha atrás incumpliendo la normativa de tráfico, podría costarnos una sanción económica de 200 euros.
Si lo hacemos en una autovía y autopista, además de pagar 200 euros, perderemos 4 puntos del carnet de conducir.
Y, por último, si circulamos marcha atrás más de 15 metros en sentido contrario se considera una infracción muy grave. En este caso la multa asciende a 500 euros y la pérdida de 6 puntos.
Lo último en Sociedad
-
La AEMET alerta sobre lo que va a pasar durante la primera semana de octubre: no es normal
-
Llega una DANA a España a partir de este día y Jorge Rey lo ha confirmado: las Cabañuelas no mienten
-
Antonio Banderas revela por qué su hija Stella del Carmen no habla español en público
-
Toda la verdad sobre el cambio físico de David Bustamante: el motivo por el que ha perdido 20 kilos
-
Jorge Fernández, de ‘La ruleta de la suerte’, revela cómo fue su infancia viviendo en la «cuna de ETA»
Últimas noticias
-
Muere Guillermo Fernández Vara, ex presidente de Extremadura, a los 66 años
-
Pudo acabar en tragedia: Bezzecchi se lleva por delante a Márquez y le provoca una gran caída
-
La política llora la muerte de Fernández Vara: «Defendió sus ideas desde la moderación y el respeto»
-
Liam Payne no dejó testamento: qué ocurrirá con la fortuna del ex integrante de One Direction
-
La función secreta de tu móvil que puede detectar si un billete es falso: es perfecta y casi nadie la conoce