Animales de compañía, protección legal en España
La normativa para avanzar en los derechos de los animales de compañía es cada vez mayor. ¿Cómo se regula esta cuestión en España?
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En los últimos años la preocupación por los derechos y bienestar de los animales ha ido creciendo exponencialmente; son muchas más las personas que defienden y promulgan una regulación específica que otorgue mejor trato a los animales de compañía. A continuación, analizamos su regulación actual. En España, el Código Civil (en su artículo 333), califica a los animales como bienes muebles; por tanto y desde un punto de vista jurídico, los animales son equiparados a simples objetos.
Siendo esto una realidad jurídica en nuestro país, significa que un animal no puede es susceptible de tener derechos y obligaciones. Sin embargo, sí que se regulan las obligaciones de los propietarios sobre sus animales.
El derecho penal español
Nuestro Código Penal persigue el delito de maltrato animal, el tenor literal del artículo del que se infiere esta protección a los animales es el siguiente:
“El que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual…”.
Este mismo concepto de maltrato animal, se integra el abandono animal, si en todo caso peligrase la vida o integridad del mismo. La pena prevista es de hasta tres meses y un día hasta un año de prisión e inhabilitación especial desde un año a tres, para el ejercicio de profesión o comercio que tenga relación con animales. Si se causara la muerte del animal, esta pena ascendería de seis meses a dieciocho en el caso de prisión; y de dos a cuatro años para la inhabilitación especial.
Legalidad de las mascotas
Por otra parte, no todo animal puede ser domesticado ni acompañarnos en el hogar; sin embargo, dependerá de cada Comunidad Autónoma y municipio las ordenanzas pertinentes que regulen esta cuestión.
De igual manera, existen prohibiciones sobre ciertas especies llamadas exóticas invasoras; entre otras cosas debido a que son consideradas una amenaza para especies autóctonas o para el propio ecosistema. Por ejemplo, la rana toro, ciertos tipos de caracoles, la tortuga galápago, etc.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, castiga como infracción esta conducta con multas económicas de elevada cuantía.
¿Cuántas mascotas se puede tener en casa?
Por último, para la pregunta de si existe un número determinado máximo de mascotas que podemos tener, es un aspecto que no está regulado estatalmente, con lo que de nuevo acudiremos a lo dispuesto en la Comunidad o municipio determinado. En Madrid, por ejemplo, el número total de perros y gatos no puede sobrepasar de cinco en una vivienda; sin embargo, es un número que varía totalmente de municipio y Comunidad. En todo caso, existen autorizaciones especiales para ampliar el número de mascotas.
¿Conocías todos estos aspectos legales acerca de los animales de compañía? No hay duda de que, en los últimos años, está existiendo una progresión normativa con lo que respecta a los derechos de los animales, quedando aún mucho por hacer.
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