Comunidad de Madrid

Los aforos en Madrid hasta el 6 de julio: 60% en espacios cerrados y 80% en abiertos

A partir del 6 de julio el aforo en espacios cerrados se amplía al 75% y en abiertos, al 100% con distancias de seguridad

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El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha aprobado este viernes la orden de la Consejería de Sanidad que fija las nuevas normas de aplicación en la región tras la finalización del Estado de alarma por el coronavirus. El documento será publicado Boletín Oficial de la Comunidad en las próximas horas y entrará en vigor a las 00:00 horas de este domingo, 21 de junio.

El Ejecutivo autonómico ha fijado en un Consejo de Gobierno extraordinario dos fases. Una, del 21 de junio al 5 de julio, ambos inclusive; y una segunda parte, a partir del 6 de julio, que contempla otras restricciones permanentes.

Con carácter general, el aforo en espacios cerrados sea del 60% y, a partir del 6 de julio, aumente al 75%. En zonas abiertas, principalmente terrazas, la ocupación será del 80% y, a partir del 6 de julio, del 100%, siempre manteniendo la distancia social mínima de 1,5 metros e incidiendo en el uso de mascarilla y en las medidas higiénico sanitarias.

Estos aforos serán de aplicación en los alojamientos turísticos; locales comerciales y establecimientos minoristas; centros y parques comerciales, con independencia de su superficie; en las bibliotecas, archivos, monumentos y museos; en cines, teatros y auditorios; en instalaciones deportivas cubiertas; en establecimientos de apuestas y juego; en academias, autoescuelas y formación no reglada; en ferias, congresos y eventos; en parques de atracciones, zoológicos y acuarios; y en plazas de toros.

La excepción son los comercios de servicios esenciales (alimentación, bebidas, farmacias, ópticas, peluquerías, papelería, estancos, combustible, tecnológicos, tintorerías…). Ahí no se aplicarán los aforos mencionados, aunque siempre habrá distancia de seguridad y uso de mascarillas.

Las instalaciones funerarias no podrán superar el 75% de su aforo y los velatorios serán de 50 personas como máximo en espacios al aire libre o de 25 personas en zonas cerrados. La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75% de su capacidad. Ahí podrán celebrarse bodas y otras celebraciones sin superar el 75% de la ocupación. Podrán asistir un máximo de 150 personas en espacios al aire libre y de 75 en espacios cerrados.

Residencias

Hasta el 5 de julio permanecerán cerrados los centros de servicios sociales, excepto las residencias. A partir de entonces los centros de servicios sociales podrán ir reabriendo si lo autoriza la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad. La Comunidad de Madrid va a actualizar la regulación de estas actividades con un nuevo protocolo que entrará en vigor este próximo domingo.

Se flexibilizará el régimen de visitas, que se seguirá realizando con cita previa, aumentando el número de personas que pueden acudir para estar con su familiar residente, ya que hasta ahora solo puede ir una. También se incrementará el tiempo de la visita (de momento, era media hora) y se subirá la frecuencia, dado que con anterioridad las visitas estaban limitadas, por lo general, a una vez por semana.

Clases

A partir del 1 de julio, los alumnos del primer ciclo de Educación Infantil podrán volver a las aulas, de forma voluntaria y con preferencia para aquellos cuyos progenitores deban trabajar fuera de su domicilio. Los centros tendrán que ofrecer los horarios y servicios que prestaban hasta el 11 de marzo.

Para el curso escolar 2020/2021, el retorno a la actividad lectiva presencial de los centros docentes se regirá por las condiciones sanitarias vigentes al comienzo del mismo. La Consejería de Educación y Juventud aprobará, mediante resolución, un protocolo de prevención y organización del regreso a las clases en el que se recogerán las recomendaciones sanitarias actualizadas para el inicio del curso. Dicho protocolo será supervisado por la Consejería de Sanidad.

Por lo que respecta a la etapa universitaria, el curso finalizará a distancia, salvo que sea necesaria alguna actividad presencial, en cuyo caso se deberá mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre los asistentes o se obligará al uso de la mascarilla. Antes de que finalice el periodo de matriculación, las universidades madrileñas deberán aprobar un plan de actuación para el curso 2020/21.

Transportes

En el ámbito de Transportes, se mantiene el uso obligatorio de mascarilla para los mayores de 6 años sin excepción (salvo los casos establecidos por Sanidad) tanto en el transporte de viajeros como en el de mercancías. En los servicios de transporte público de viajeros por carretera dependientes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid se mantiene la posibilidad que se ocupe el 100% de las plazas disponibles, salvo la fila posterior al conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara.

En las zonas habilitadas para viajar de pie, la referencia de ocupación se amplía de 2 a 3 personas por metro cuadrado. En todo caso, se sigue recordando que debe procurarse que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible.

En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta 9 plazas, se elimina la obligación de que todos los pasajeros del vehículo residan en el mismo domicilio para poder ocupar todas las plazas y se permite que se ocupen la totalidad de los asientos, en lugar de sólo dos plazas por fila de asientos.

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