El fiscal del caso López Madrid exonera al comisario Villarejo
El fiscal del caso donde se investigan las supuestas amenazas a la doctora Elisa Pinto por parte del empresario Javier López Madrid pidió el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra el comisario José Villarejo. La dermatóloga lo había acusado previamente de ser el presunto autor de una de las dos cuchilladas que ésta recibió.
Según el escrito del fiscal, al que ha tenido acceso OKDIARIO, las acusaciones contra el comisario Villarejo «no han merecido crédito», ya que las declaraciones de la doctora Pinto contra él y López Madrid no se hacen de «forma racional, convincente y lógica», asegura. «No se descarta», añadía el fiscal, «que obedezcan a a fabulación o a otro tipo de razones».
El representante del Ministerio Público también destacaba que la dermatóloga en un primer momento identificó como presunto autor de su segundo apuñalamiento en la calle a un varón de 45 años. Posteriormente, afirmó que tenía una edad entre 50 y 60 años y finalmente, aseguraba en un reconocimiento fotográfico que el autor era el comisario Villarejo, de 65 años. Dicha identificación, destacaba el fiscal, se produjo tras «efectuar un reconocimiento negativo» del mismo.
Con todos estos argumentos, el fiscal aludía a la «ausencia de incredibilidad subjetiva», la «verosimilitud» y la «persistencia y firmeza del testimonio incriminatorio» para pedir «deducir testimonio» de las acusaciones de la doctora Pinto contra el yerno de Villar Mir por si los hechos fueran «constitutivos de un delito de acusación y denuncia falsa».
En el mismo escrito, el fiscal rechazaba las diligencias solicitadas hasta la fecha por la dermatóloga Elisa Pinto en dos escritos diferentes. El representante del Ministerio Público las consideraba «innecesarias».
Causa archivada temporalmente
La titular del Juzgado de Instrucción nº 39 de Madrid, Belén Sánchez, se apoyó en este informe fiscal para archivar temporalmente el caso en el mes de marzo.
En el auto de la juez, se hacía referencia a la inversión que hizo Elisa Pinto aconsejada por uno de sus pacientes en la Sociedad de Inversión Tressis, de la que resultó ser accionista mayoritario López Madrid. Según la instructora, este hecho descrito anteriormente probaría que la doctora no era acosada por el empresario, ya que mantuvo su inversión en la sociedad del denunciado.
La juez justificaba que no se hubieran practicado las diligencias solicitadas por Elisa Pinto porque no eran “pertinentes” y afirmaba que el testimonio de la doctora era la única prueba contra el acusado López Madrid. El auto de archivo finalizaba dejando sin efecto la orden de alejamiento acordada entre el yerno de Villar Mir y la dermatóloga.
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