EEUU localiza 94.860 dólares que pagó en 9 cheques el testaferro de González al USBank por su dúplex
Estados Unidos ha localizado 9 cheques que suman 94.860 dólares que el testaferro del dúplex de Ignacio González pagó a una cuenta bancaria a través de la entidad financiera U.S. Bank.
El Departamento de Justicia del país norteamericano ha remitido a la titular del Juzgado de Instrucción nº 5 de Estepona Isabel Conejo el resultado de la comisión rogatoria, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, sobre las sociedades investigadas por participar en la compra del inmueble del expresidente madrileño Walfort Overseas Investments LLC y Ambassador Pasadena Homes LLC, radicadas en el paraíso fiscal del Estado norteamericano de Delaware.
Las autoridades estadounidenses también ha remitido los registros bancarios pertenecientes a la sociedad también investigada y radicada en Delaware Coast Investors LLC, a través de la entidad U.S. Bank. Entre los documentos localizados, se encuentran 9 cheques firmados por el testaferro profesional mexicano-estadounidense Rudy Valner a una cuenta bancaria que suman en total 94.860 dólares (76.878 euros).
La entidad Coast Investors LLC fue constituida en el mes de marzo de 2008 siendo socios constituyentes la entidad Walfort Overseas Investments con un 99% del capital social y por Rudy Valner con el 1% restante. En mayo de ese año, adquirió ciertos inmuebles en la Costa del Sol, concretamente una vivienda, tres garajes y tres trasteros por un precio de 750.000 euros (adquiridos posteriormente por González).
Según los investigadores, dicha adquisición fue la «primera y única inversión en nuestro país, siendo una entidad de la que se desconoce su actividad mercantil, su capacidad económica y quien pueda ser su último beneficiario o titular».
«Coast Investors LLC actuó en esa compraventa», añaden las pesquisas, «representada por el Sr. Rudy Valner, quién se relacionó con el dueño de la vivienda, Sr. Villate Pérez, por teléfono, sin que conste que viera personalmente el inmueble objeto del contrato. Los inmuebles así adquiridos son utilizados por el matrimonio integrado por Lourdes Cavero e Ignacio González desde el mes de julio de 2008, primero como arrendatarios de los mismos, y posteriormente, en el año 2012, ya como propietarios».
Dicha sociedad representada por Valner concertó el 10 de julio de 2008 «un contrato de arrendamiento de temporada- 18 meses prorrogables- del inmueble con Lourdes Cavero, pactándose una renta mensual de 2.000 euros al mes, pagaderos trimestralmente, por trimestres anticipados. Posteriormente, el 10 de julio de 2011 se suscribe por las mismas partes un nuevo contrato de arrendamiento rebajándose la renta a pagar que queda en la suma de 1.400 euros al mes, manteniéndose el resto de las condiciones ya pactadas en el anterior contrato».
Los ingresos percibidos por la sociedad Coast Investors LLC por razón de ese arrendamiento no fueron declaradas ante la Hacienda Española y mediante requerimiento por parte de la AEAT, la entidad citada presentó las Declaraciones tributarias en el mes de septiembre de 2012 correspondientes a los años 2008 a 2012, ingresando las cuotas debidas por dicho concepto.
Finalmente, el inmueble con sus anexos fue vendido el 18 de diciembre de 2012 por 770.000 euros a Ignacio González y Lourdes Cavero. En las estipulaciones de la escritura, se contemplaba que los cónyuges adquieren los inmuebles objeto del contrato a razón de un 20% para González y el resto para Cavero.
La juez se inhibe en la Audiencia Nacional
Mientras tanto, la titular del Juzgado de Instrucción nº 5 de Estepona, Isabel Conejo, ha decidido inhibirse de la investigación del dúplex de González al considerar que los delitos investigados en este Juzgado malagueño son “conexos” a los que trata de esclarecer el magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 6, Manuel García Castellón.
Según la juez, «los hechos objeto del presente procedimiento presuntamente constitutivos de presuntos delitos contra la Hacienda Pública, cohecho, y blanqueo de Capitales, así como respecto del resultado de las diligencias de instrucción hasta ahora practicadas, resulta procedente acordar la inhibición del conocimiento de la presente causa al Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional”.
Las partes personadas en la causa pueden recurrir ante el Juzgado o la Audiencia Provincial de Málaga. Posteriormente, la Audiencia Nacional aglutinaría la instrucción de este caso en Lezo.
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