Vox sobre la prohibición de la marcha del 12 de octubre: «Se puede viajar en metro pero no celebrar la Hispanidad»
Iván Espinosa de los Monteros ha criticado este martes la decisión del Gobierno de prohibir una marcha convocada por Vox el próximo 12 de octubre con motivo del Día de la Hispanidad. El portavoz de Vox en el Congreso ha defendido que esta concentración, convocada bajo el lema ‘España siempre’, cumpliría con todas las medidas de seguridad y sanitarias requeridas por el coronavirus y por tanto su partido recurrirá la prohibición de la delegación del Gobierno.
«Se puede viajar en tren, autobús, avión o metro, pero no se puede celebrar el Día de la Hispanidad por la calle al aire libre», ha censurado el portavoz parlamentario de Vox, que ha calificado de «auténtica vergüenza» la prohibición.
A su juicio, esta decisión recuerda al veto que ya se impuso en Castilla y León y Cataluña a las marchas motorizadas convocadas por Vox el pasado mes de mayo para protestar por la gestión del Gobierno de la pandemia, y que después fue levantado por los tribunales de justicia.
Según ha defendido, finalmente se celebraron esas manifestaciones «de forma multitudinaria» en todas las capitales de provincia españolas «cumpliendo las medidas de seguridad» y «sin provocar ningún rebrote».
«Medidas cautelarísimas»
La Audiencia Nacional ha rechazado la medida cautelarísima solicitada por Rocío Monasterio y el grupo parlamentario Vox contra la orden del ministro de Sanidad que acordó restricciones para diez municipios de la Comunidad de Madrid, entre ellos la capital, mediante un auto en el que duda de la legitimación de los parlamentarios de esa formación para recurrir dicha orden y el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Esto es porque «los recurrentes no son destinatarios directos de la resolución impugnada, ya que la misma está dirigida a las comunidades autónomas y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla», advierte la Sala de lo Contencioso-Administrativo en el auto.
Los magistrados de la Sección Octava reiteran en este nuevo auto, notificado este martes, que no hay razones de especial urgencia que justifiquen la cautelarísima y recuerdan de nuevo que los recurrentes no son los destinatarios directos de la resolución impugnada, ya que la misma va dirigida a las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
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