El TSJCV escuchará a la Fiscalía y a las partes antes de mandar el decreto de plurilingüismo al Constitucional
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha pedido a la Fiscalía y a las partes personadas en el procedimiento abierto a raíz de las denuncias contra el decreto-ley de plurilingüismo de inicio de curso que se pronuncien sobre la posibilidad de llevar esa norma ante el Tribunal Constitucional (TC).
Así consta en dos providencias dictadas por el tribunal valenciano tras las demandas interpuestas por la Diputación Provincial de Alicante y la Asociación para la defensa del castellano en la Comunidad Valenciana contra este decreto-ley de medidas urgentes para la aplicación este curso 2017-2018 de los proyectos lingüísticos de los centros en Infantil de 3 años, tras la suspensión cautelar del decreto de enseñanza plurilingüe dictada por el propio TSJCV.
La norma cuestionada ahora es el Decreto-Ley 3/2017. El tribunal valenciano da traslado a las partes para que se pronuncien sobre la posibilidad de enviar la norma al TC después de que la Diputación de Alicante, que preside el ‘popular’ César Sánchez, solicitara a finales de septiembre mediante un incidente de ejecución que se planteara cuestión de inconstitucionalidad.
A juicio de la corporación provincial, esta norma supone «eludir» la suspensión del decreto de plurilingüismo paralizado cautelarmente por el TSJ valenciano y «evitar» volver al modelo del PP de 2012 como había ordenado el alto tribunal.
En las providencias, el alto tribunal autonómico señala que en este momento «no se cuestiona la constitucionalidad intrínseca» ni del Decreto 9/2017 –decreto de plurilingüismo– ni del posterior Decreto Ley 3/2017, sino que «se trata de determinar si la norma con rango de ley impide o limita la ejecución de la suspensión del Decreto».
Normas constitucionales «infringidas»
De este modo, el TSJCV concreta que las normas constitucionales «posiblemente infringidas» son el artículo 86.1 de la Constitución Española (CE) por no existir extraordinaria y urgente necesidad para la aprobación de ese decreto ley; y el artículo 24.1 de derecho a la tutela judicial efectiva.
Por ello, da diez días a las partes –en el procedimiento aparece como demandada la Generalitat y como codemandados Escola Valenciana y el sindicato STEPV– para que informen sobre la supuesta vulneración de preceptos constitucionales. Después será el tribunal el que decida si finalmente eleva al TC el decreto-ley del Consell por impedir la ejecución de la resolución que acordó la suspensión cautelar del decreto de plurilingüismo.
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