El Supremo suspende la exhumación de Franco por unanimidad
El pasado 8 de marzo, el Alto Tribunal admitió a trámite el recurso presentado por la familia Franco en el que se solicitaba tutela judicial contra la polémica decisión del Gobierno de Pedro Sánchez.
Nuevo revés para Pedro Sánchez que no podrá cumplir su promesa estrella el próximo 10 de junio. El Tribunal Supremo acuerda suspender provisionalmente la exhumación de Franco. La Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo admite las medidas cautelares, solicitadas por la familia, y paraliza cualquier actuación del Gobierno para retirar los restos del dictador del Valle de los Caídos.
La razón en la que descansa la decisión es la de evitar el «perjuicio que, de otro modo causaría a los recurrentes y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan».
Lee aquí el auto de suspensión de la exhumación de Franco
Pese a que las posturas iniciales de los miembros de la sala eran discrepantes, el resultado del auto, tras la deliberación, ha sido evitar los votos particulares en lo que afecta a las medidas cautelares. Lo que no significa, indican fuentes jurídicas a OKDIARIO, que el futuro fallo sobre el fondo del asunto sea unánime ni que el mismo haya de ser, necesariamente, favorable a los recurrentes.
El alto tribunal -que tal y como avanzaba OKDIARIO- ha evitado pronunciarse sobre la materia en campaña electoral para sortear una utilización política de su decisión- entiende que es necesario evitar que los restos de Franco salgan de su actual ubicación, mientras no resuelve sobre el fondo del asunto. Y ampara a los nietos del dictador frente a la decisión del Ejecutivo socialista en funciones.
También al resto de partes interesadas en el proceso: la Fundación Francisco Franco, la comunidad benedictina y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos que hacían extensivas las medidas cautelares, solicitadas por los herederos de Franco, en sus respectivos escritos.
Desde el Gobierno se utilizaron todas las herramientas jurídicas posibles para evitar el varapalo del Supremo
Y ello pese a que, desde el Gobierno, se utilizaron todas las herramientas jurídicas posibles para evitarlo: por ejemplo, las últimas alegaciones de la Abogacía del Estado contra la solicitud de cautelares de la Fundación -por falta de «legitimación pasiva»- o la acumulación en un único procedimiento de las causas que afectan a los dos ‘decretazos’ del Ejecutivo socialista.
La decisión tomada
La deliberación definitiva del Pleno de los magistrados competentes se producía este martes. Los magistrados responsables apoyan su decisión en la propia jurisprudencia del Supremo y los precedentes fijados por la Justicia Europea en casos análogos.
De hecho, la Sala ya advertía, cuando resolvió denegando el primer recurso planteado por la familia Franco, que sería el alto tribunal el que tuviese la última palabra en esta cuestión. Considera el órgano judicial que lo complejo de la materia exige, tal y como indicaba en aquella ocasión, agotar todas las vía posibles por parte de la familia, entre las que se encuentra su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
La decisión llega antes de que se haya conformado el que será el nuevo Ejecutivo socialista. Y lo hace para tratar de evitar que manera que se produzca una actuación sobre el Valle de los Caídos que pudiese generar un perjuicio «irreparable».
Tras la primera de sus deliberaciones, el Supremo requería al Gobierno socialista que le aportase el último acuerdo «motivado» adoptado por el Consejo Ministerial de Pedro Sánchez, sobre la exhumación, el pasado 15 de marzo, en la que se ponía como fecha de ejecución límite el 1o de junio y se fijaba la posterior inhumación en el lugar designado por el Ejecutivo -al no existir acuerdo con la familia que siempre se ha inclinado por la madrileña Catedral de la Almudena- ese mismo día.
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