El Supremo obliga al director de la Policía a declarar en persona en el juicio del ‘caso mascarillas’
Rechaza que Pardo Piqueras declare como testigo por videoconferencia desde su despacho oficial, como pedía

El Tribunal Supremo (TS) obliga al director de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, a la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, y al ex presidente de Renfe Isaías Táboas a declarar en persona en el juicio por la trama de las mascarillas del caso Koldo.
También al ex director del Gabinete del ex ministro de Sanidad Salvador Illa, Víctor Francos. Todos ellos están citados a declarar en calidad de testigos, por lo que no deberán mentir.
La Sala de lo Penal ha rechazado sus peticiones de declarar por escrito o por videoconferencia en este juicio sobre presuntos amaños en la adjudicación de contratos públicos para la compra de mascarillas en plena pandemia, que el próximo mes de abril sentará en el banquillo al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos, su ex asesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama.
Así lo ha acordado en una providencia dictada el pasado 24 de marzo y conocida este jueves. El tribunal argumenta que no concurren «razones de utilidad, seguridad o de orden público» ni tampoco se perturba el adecuado ejercicio del cargo profesional desempeñado, por lo que tendrán que acudir a declarar en persona.
Por tanto, no ha lugar a las peticiones de prestar declaración por escrito ni por videoconferencia, ni desde los juzgados de su domicilio como pedían el expresidente de Renfe Isaías Táboas, o el exjefe de Gabinete del ex ministro Salvador Illa, Víctor Francos; ni tampoco desde su despacho oficial, como solicitaban el director general de la Policía y la presidenta del Tribunal de Cuentas.
Armengol y Torres se acogen al privilegio
Como ha informado OKDIARIO, tanto la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, como el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, se han acogido al privilegio de declarar por escrito en este juicio.
El Supremo todavía no se ha pronunciado sobre sus peticiones. El pasado 16 de marzo dictó una providencia concediendo un plazo de tres días a las partes personadas para que den su parecer y después tomará la decisión.
Tanto Torres como Armengol justifican sus solicitudes en virtud de los artículos 412.2º y 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). El primer precepto regula qué personas están exentas de declarar de manera presencial y pueden, en cambio, informar por escrito, entre ellos los presidentes de comunidades autónomas y la persona que ostente la presidencia del Congreso. En la época de los hechos, Armengol era presidenta de Baleares y Torres de Canarias. Además, dicho artículo exime de este deber presencial a la persona que ostente la presidencia del Congreso.
Koldo defiende que sea presencial
La defensa de Koldo García, Leticia de la Hoz, se ha opuesto a que ambos testifiquen por escrito. Sostiene que «revelar el pliego de cuestiones de forma anticipada supondría ‘preparar’ a los testigos, eliminando la espontaneidad necesaria para que sus respuestas contribuyan a la búsqueda de la verdad material».
La abogada defiende en su escrito que «sólo el interrogatorio presencial garantiza que la defensa pueda reaccionar ante las respuestas de los testigos y confrontarlos con la realidad de lo acontecido».
Además, destaca que «la lectura de un pliego de respuestas pre-redactadas impide al tribunal observar la espontaneidad y el lenguaje no verbal de los testigos», que son «elementos críticos para valorar la credibilidad de sus testimonios en una causa de esta trascendencia», en la que Koldo se enfrenta a peticiones de hasta 30 años de cárcel.
Asimismo, sostiene que una declaración escrita «cercena» su derecho «a realizar un interrogatorio dinámico», ya que «sin la posibilidad de repreguntar sobre la marcha ante respuestas ambiguas o evasivas, el interrogatorio pierde su finalidad constitucional».
Por último, la abogada también avisa de que las preguntas que realizará a Torres y Armengol no se limitarán a la gestión administrativa de mascarillas en la pandemia, sino que abarcarán la totalidad de los hechos enjuiciados, con lo que «no todo se ceñirá a cuestiones relacionadas con el ejercicio del cargo».
Armengol y Torres han sido citados a declarar el próximo 22 de abril por la compra de mascarillas durante la pandemia a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama. La trama gira en torno a la adjudicación de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, cuando Ábalos ostentaba la cartera de Transportes.
Para Ábalos piden 30 años de cárcel
Ábalos está acusado de siete delitos por las acusaciones populares que lidera el PP: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación, uso de información privilegiada, prevaricación y falsedad en documento oficial, por los que piden 30 años de cárcel.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción reclama 24 años de cárcel para él por cinco delitos: organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Además, pide que se condene al que fuera secretario de Organización del PSOE a pagar una multa de 3,9 millones de euros.
Asimismo, solicita que Ábalos y Koldo indemnicen conjunta y solidariamente a Ineco con 34.477 euros y a Tragsatec con 9.500. Y que se acuerde el decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho, por importe de, al menos, 430.298,4 euros.
Koldo García también está acusado de siete delitos por las acusaciones populares: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación, uso de información privilegiada, prevaricación y falsedad en documento oficial.
La Fiscalía, por su parte, pide 19 años y medio de cárcel para él por cinco delitos: pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Y que se le imponga una multa de 3,9 millones de euros.
Al ex secretario de Organización del PSOE y ex número tres del PSOE, Santos Cerdán, se le imputan delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
El juez considera que Cerdán se encargaba de «reclamar a las constructoras indebidamente favorecidas por las adjudicadas las cantidades adeudadas», las recaudaba y las hacia llegar después a Ábalos y Koldo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, es el único de la banda del Peugeot que aún no ha pisado la cárcel.
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