España
Crisis del coronavirus

El Gobierno da permisos exprés antes de las 24 horas legales para enterrar a los muertos por Covid-19

Una orden del ministro de Sanidad, de 20 de marzo, establece "medidas excepcionales para expedir la licencia de enterramiento y el destino final de los cadáveres" durante la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia..

El Gobierno anula las autopsias y ordena anotar las muertes por coronavirus sin test como “no confirmadas”

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Los muertos por coronavirus molestan al Gobierno de Pedro Sánchez.  El número de defunciones notificadas a diario en los registros civiles asciende a tal ritmo que las órdenes son claras: dar licencias de enterramiento sin que transcurran ni 24 horas desde el fallecimiento. Los magistrados de primera instancia denuncian la premura de las inhumaciones pese a la excepcionalidad de la crisis sanitaria.

En una circular remitida por el Ministerio de Sanidad a los jueces se establece como prioridad los permisos exprés para dar sepultura a todos los fallecidos, en las próximas semanas, con independencia de si se trata de contagios previamente confirmados por coronavirus o no. Para ello, no es necesario cumplir con el margen de tiempo ordinario legalmente establecido.

«Dado que el número habitual de fallecidos en España se ha visto incrementado con los producidos a causa del Covid-19 y con objeto de poder dar destino final a los cadáveres con la mayor agilidad posible y de esta forma evitar que se pueda producir su acumulación en hospitales o tanatorios, se considera necesario que en el momento actual no se aplique la necesidad de que transcurran veinticuatro horas desde el fallecimiento para la concesión de la licencia de enterramiento», ordena el documento firmado por el ministro del ramo, Salvador Illa.

La orden ya se está aplicando para «todos los fallecimientos que se produzcan en España», durante el tiempo en el que se prolongue el estado de alarma, con independencia de la causa de la muerte. «A excepción» de  aquellos «en los que hubiera indicios de violencia, en cuyo caso se estará al criterio de la autoridad judicial correspondiente», matiza el texto oficial.

Incineraciones

La normativa que regula el funcionamiento del Registro Civil en España, establece que mientras no se practique la correspondiente inscripción del fallecimiento no puede expedirse la licencia para el entierro, «lo que tendrá lugar transcurridas al menos veinticuatro horas desde el momento de la muerte». Un requisito que también se recoge en algunos decretos de sanidad mortuoria de las Comunidades Autónomas. La misma ley, sin embargo, establece que, en tiempo de epidemia, «si existe temor fundado de contagio» o cuando se den otras circunstancias extraordinarias, pueden tenerse en cuenta las excepciones previstas en los reglamentos de Sanidad o de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Ahora, y mientras dure el estado de alerta, las inscripciones en el Registro Civil y las posteriores expediciones de la licencia de enterramiento, «podrán realizarse por la autoridad competente sin que tengan que transcurrir veinticuatro horas desde el fallecimiento». Lo mismo en el caso de que se trate de incineraciones o donaciones a la ciencia del cadáver «siempre y cuando se cumpla con la voluntad del difunto o sus herederos», matiza la orden ministerial.

Sin autopsia

La modificación provisional de la normativa se suma al comunicado del Consejo General de los Colegios Oficiales de Médicos de España (GCCOM) -que publicó OKDIARIO- donde el pasado 28 de marzo se trasladó a los doctores las «directrices del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Justicia» sobre la certificación de las muertes por coronavirus. Las instrucciones del Gobierno de Pedro Sánchez eran claras: registrar como «Covid-19 no confirmado» todos aquellos fallecimientos que no cuenten con una «confirmación analítica» positiva.

El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha eliminado las autopsias para estos casos de manera generalizada y oficial. Los test escasean y el colapso sanitario provocado por la escalada de contagios limita la capacidad analítica. Esto es, cientos de fallecidos por coronavirus pueden pasar a la categoría estadística de «no confirmado», lo que adelgazará los datos oficiales que ofrece el Gobierno de Sánchez para informar de su gestión de la crisis sanitaria.

El texto del GCCOM sobre las Certificaciones de Defunción en general y los casos con Covid-19, en particular, señala que se realiza «ante la declaración del estado de alarma» y subraya que se emite atendiendo a «las directrices del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Justicia» durante la pandemia.