Mazazo a Pedro Sánchez: los partidos pueden alterar sus ‘decretazos’ en el Congreso
Los partidos pueden reclamar la tramitación de los decretos como proyectos de ley, lo que daría la opción a incluir enmiendas. Ante la falta de precedente, el Congreso ha tenido que encargar un informe jurídico.
Los partidos políticos tienen la opción de introducir modificaciones a los ‘decretazos’ electoralistas del Gobierno durante su tramitación parlamentaria.
Esa posibilidad figura, en concreto, en el Título VI del Reglamento del Congreso, relativo al ‘Control sobre las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley’.
En el artículo 151.5 se determina que «la Diputación Permanente podrá, en su caso, tramitar como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia los Decretos-leyes que el Gobierno dicte durante los períodos entre legislaturas».
El trámite parlamentario establece que «el debate y votación sobre la convalidación o derogación de un Real Decreto-ley se realizará en el Pleno de la Cámara o de la Diputación Permanente, antes de transcurrir los treinta días siguientes a su promulgación, de conformidad con lo establecido en el artículo 86.2 de la Constitución».
«En todo caso, la inserción en el orden del día de un Decreto-ley, para su debate y votación, podrá hacerse tan pronto como hubiere sido objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado».
En el trámite ordinario, «un miembro del Gobierno expondrá ante la Cámara las razones que han obligado a su promulgación y el debate subsiguiente se realizará conforme a lo establecido para los de totalidad».
Concluido el debate, se procederá a la votación, en la que los votos afirmativos se entenderán favorables a la convalidación y los negativos favorables a la derogación. Convalidado un real decreto-ley, el presidente preguntará si algún Grupo Parlamentario desea que se tramite como proyecto de ley. En caso afirmativo, la solicitud será sometida a decisión de la Cámara. Si ésta se pronunciase a favor, se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, sin que sean admisibles las enmiendas de totalidad de devolución.
Este esquema de procedimiento se mantiene en el caso de la Diputación Permanente, el órgano que asume la representación parlamentaria entre legislaturas.
Sin embargo, ante la falta de precedentes, la Mesa de Congreso se ha visto obligada a encargar un informe jurídico sobre la tramitación de los decretos del Gobierno de Sánchez, en período electoral y con las Cortes ya disueltas. Se busca aclarar especialmente cómo actuar si se aprueba tramitar esos decretos como proyectos de ley.
ElGobierno de Pedro Sánchez ya ha avisado de que piensa aprovechar estas semanas para adoptar medidas y que tiene intención de aprobar decretos leyes. El pasado viernes ya aprobó tres, los relativos a la preparación del Brexit, la regulación del mercado de la vivienda, y las medidas de igualdad entre las que se incluye la ampliación del permiso de paternidad, informa Europa Press.
Conforme al artículo 57.1 del Reglamento del Congreso, en esos casos de disolución de las Cortes la Diputación Permanente asume «todas las facultades» que la Constitución atribuye a la Cámara en relación con los decretos leyes. Ello garantiza que no hay ningún momento de vacío de poder en el Poder Legislativo y que los decretos leyes que apruebe el Gobierno podrán ser sometidos en la Diputación Permanente al debate de convalidación o derogación que en situación ordinaria asume el Pleno.
Sánchez tiene que ‘atar’ sus apoyos
Para que un decreto ley sea tramitado como proyecto de ley tendrían que solicitarlo al menos dos grupos, y aprobado por la Diputación Permanente. Eso obliga a Sánchez a ‘atar’ en corto sus apoyos, de forma que los partidos que le apoyen en su convalidación inicial renuncien a reclamar después su tramitación por la vía del proyecto de ley y, por tanto, con opción a introducir cambios.
Por ejemplo, en el caso del decreto de vivienda, Podemos ya mostró sus objeciones a que no se introdujese una limitación del precio máximo del alquiler. La formación de Pablo Iglesias podría aceptar la convalidación primera del decreto, pero luego apoyar su tramitación como proyecto para incluir sus demandas, vía enmienda.
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