La juez rechaza la petición del novio de Ayuso de aplazar el juicio por fraude fiscal
La magistrada Rodríguez Medel no aprecia causa para suspender el procedimiento judicial de González Amador
La juez Carmen Rodríguez Medel, sustituta del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, ha rechazado la suspensión de la causa para sentar a Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el banquillo como acusado en un caso por presunto fraude fiscal.
En el auto, la magistrada se pronuncia sobre la petición de los abogados de González Amador, de suspender el procedimiento judicial hasta la resolución de los recueros interpuestos hasta procesamiento. Rodríguez Medel no aprecia «causa para ello», por lo que mantiene el juicio a la pareja de Ayuso.
Gonzalez Amador tendrá que responder ante la juez a la investigación por dos delitos de fraude fiscal, delito contable continuado, falsificación en documento mercantil y pertenencia a organización criminal. El imputado aún podría evitar el juicio en caso de que la Audiencia Provincial estimara un recurso de apelación.
A finales del mes de mayo, la juez Inmaculada Iglesias, apartada ya del juzgado después de solicitar la jubilación voluntaria, propuso a finales de mayo juzgar a Alberto González Amador por la presunta comisión de delitos fiscales y de falsedad documental, en relación a un supuesto fraude fiscal que data de los años 2020 y 2021.
También se procesa a González Amador por la presunta comisión de un delito de falsedad documental al haberse aportado unas facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados y aportados con la finalidad de minorar la cuota tributaria a satisfacer.
El pasado 24 de febrero, la pareja de Díaz Ayuso se acogió a su derecho a no declarar por consejo de sus letrados hasta que se resolviera el recurso que estaba entonces pendiente sobre la apertura de la pieza separada. Una semana después la Audiencia Provincial de Madrid avaló que se investigarán otros ilícitos penales diferentes a los que se instruyen ya en la causa principal.
La denuncia de la Fiscalía se sustentaba en un informe de la Agencia Tributaria que exponía que se detectaron «unos gastos ficticios basados en facturas emitidas por diversas sociedades». «Gastos que no se corresponden con servicios realmente prestados y todo ello con la finalidad de ingresar en el erario público menor cantidad de la que le correspondía abonar por el Impuesto de Sociedades de los Ejercicios 2020 y 2021», recoge la denuncia del fiscal.
En 2022, la Fiscalía recibió de la de la Agencia Tributaria un informe referido a la entidad Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos Sociedad para el Fomento del Medioambiente del que se deduce «determinados datos e indicios sobre hechos relativos al Impuesto Sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios del año 2020 y 2021 que pudieran resultar constitutivos de delito».
El informe hablaba de dos delitos contra la Hacienda Pública al resultar «un fraude tributario cuantificado por la Inspección de Hacienda en cuantía superior a 120.000 euros y de un presunto delito de falsedad en documento mercantil al haberse aportado unas facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados y aportadas con la finalidad de minorar la cuota tributaria a satisfacer».
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