El juez impide el viaje de Begoña a Turquía porque «no pertenece al espacio de libertad, seguridad y justicia de la UE»
Antonio Viejo indica que Ankara no es lo mismo en "cooperación policial y judicial en asuntos penales"
El magistrado sí ha autorizado su desplazamiento a Londres para la graduación de su hija
El juez Antonio Viejo –en sustitución de Juan Carlos Peinado que está de vacaciones– ha denegado a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, la autorización para viajar a Ankara (Turquía) con motivo de la cumbre de la OTAN prevista para los días 7 y 8 de julio. El auto, fechado el 6 de julio de 2026, sí ha permitido en cambio su desplazamiento a Londres entre el 8 y el 10 de julio para asistir a la graduación de su hija. El juez ha basado el veto en que Turquía «no pertenece al espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea».
El auto judicial, consultado por OKDIARIO explica que, aunque Begoña Gómez fue invitada a la 36 cumbre de la OTAN «por razones de cortesía institucional internacional, sin tener una intervención activa» en el encuentro. De hecho, Begoña Gómez lleva dos años sin querer ir a la cumbre de la OTAN.
Además el magistrado teme la fuga y señala que Turquía queda fuera del marco europeo de cooperación policial y judicial en materia penal. Por ese motivo, el juez ha decidido mantener la prohibición cautelar sobre ese trayecto concreto, en una suerte de excepción que contrasta con la resolución adoptada para el viaje británico.
La procesada por delitos de corrupción en el sector privado, tráfico de influencias, malversación y apropiación indebida, tiene prohibida la salida del territorio nacional sin autorización judicial desde la apertura del juicio oral. También le fue retirado el pasaporte, con prohibición expresa de expedición de uno nuevo mientras dure el procedimiento.
Su procuradora presentó un escrito el 29 de junio de 2026 solicitando permiso para viajar a ambos destinos entre el 7 y el 10 de julio. El Juzgado dio traslado de la petición a todas las partes personadas mediante providencia del 30 de junio, concediéndoles un plazo de tres días para alegar.
El Ministerio Fiscal, en escrito del 1 de julio, informó que no se oponía a conceder la autorización solicitada, con devolución del pasaporte «en atención a los motivos y visitas alegados». Esta postura ha resultado determinante para que el juez estimara parcialmente la petición.
Oposición de las acusaciones
La acusación popular unificada, encabezada por HazteOir, se ha opuesto tanto al viaje a Ankara como al de Londres, recordando que la investigada se enfrenta a una petición penal «de hasta de 24 años» de prisión.
Respecto al Reino Unido, sin embargo, ha admitido que el riesgo de fuga «se vería aminorado por la existencia de instrumentos de cooperación judicial internacional suscritos entre el Reino Unido y España», aunque ha reconocido «una merma significativa de los mismos tras el Brexit».
Sobre Ankara, esta acusación popular ha alegado que no era precisa la asistencia de Begoña Gómez al acto, «careciendo la solicitante de la representación del Estado español o del Gobierno de España», y que su presencia respondía únicamente a «razones de cortesía institucional».
El Movimiento de Regeneración Política de España que lidera el abogado Aitor Guisasola se ha mostrado también contrario a ambos desplazamientos, por considerar «insuficiente las garantías ofrecidas y elevado el riesgo de fuga».
En sentido opuesto, el sindicato Manos Limpias se ha mostrado partidario de autorizar el viaje a Turquía, argumentando que es habitual que a las cumbres de la OTAN acudan los cónyuges de los presidentes.
Para el desplazamiento a Londres, el magistrado ha valorado de forma favorable «la buena relación de cooperación judicial entre España y el Reino Unido, incluso después del Brexit», además de la naturaleza personal y no institucional del acto al que acudirá: la graduación de su hija.
La resolución establece que se le hará entrega de su pasaporte para el viaje autorizado, documento que deberá depositar de nuevo en el juzgado «en el día hábil inmediato siguiente al de su retorno», es decir, el 13 de julio.
El tribunal ha ordenado también realizar las anotaciones correspondientes en el Sistema de Registro de Alertas del Ministerio Fiscal y Judicial (SIRAJ).
La causa contra Begoña Gómez se enmarca en el procedimiento del Tribunal del Jurado abierto en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. En el auto de apertura de juicio oral, el instructor le impuso, además, la obligación de comparecer apud acta ante el juzgado los días 1 y 15 de cada mes, «o el siguiente hábil», así como cuantas veces fuera requerida.
Contra la resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días, según recoge el propio auto. No obstante, si se presenta la resolución llegará una vez haya terminado la cumbre atlántica.
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