Sànchez recurrirá la decisión de Llarena ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos este lunes
La defensa del golpista ex presidente de la ANC, Jordi Sánchez, candidato de JxCat a la investidura el próximo lunes 12 de marzo, ha confirmado la presentación de una demanda de medidas cautelares ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para lograr que su patrocinado pueda acudir al Parlament y asistir al debate y a la votación.
Jordi Pina, abogado de Sànchez, dice ampararse en el artículo 39 del Reglamento del Tribunal y que presentarán el escrito a primerísima hora de este lunes, las 8.00 horas, «primera hora a la que podemos hacerlo, dado que el TEDH está cerrado hasta entonces» desde las 16.00 de este viernes.
La presentación de este recurso con tan poco margen horario —el pleno de investidura está convocado a las 10.00 horas del mismo día— dificulta en extremo la posibilidad de que prospere o sea rechazado a tiempo.
Pero desde la defensa del preso preventivo —acusado de delitos tan graves como la rebelión y la sedición— han querido «dejar constancia» de que la resolución del juez Pablo Llarena del Tribunal Supremo «en la que se denegaba el permiso para asistir al pleno al candidato Jordi Sànchez», no se les ha notificado «hasta las 16.35 minutos de hoy [por este viernes], una vez el TEDH se encontraba ya cerrado».
Las citadas fuentes aseguran que el hecho de que se les haya dado traslado formal de la decisión «tan tarde» no es casual y que dificulta que hayan podido recurrir al alto tribunal europeo para pedir este mismo viernes unas medidas cautelarísimas para que Sànchez asistiera a la investidura.
Reiteración delictiva
El magistrado Llarena ha basado su decisión en el riesgo de reiteración delictiva, al subrayar que los delitos que está investigando se desplegaron precisamente desde actuaciones legislativas y ejecutivas «claramente ilegales, y desatendiendo de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales dispuestos en el ordenamiento jurídico, lo que se hizo en aplicación de una táctica que no ha sido excluida y sigue respaldándose de presente».
Entre otros argumentos, el juez resalta que una conducción vigilada de Sànchez al Parlament no aporta la contención precisa para un traslado seguro, «menos aún en quien —como reflejan los hechos descritos al principio de esta resolución— ha empleado su liderazgo en desbordar y sobrepasar la fuerza que un Estado democrático puede aplicar para la observancia de la ley».
Además, cree que dejarle en libertad «no supone sino favorecer la reiteración delictiva que trata de conjurarse, visto que la actividad delictiva que se investiga se desplegó —precisamente— desde actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales, y desatendiendo de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales del ordenamiento jurídico, lo que se hizo en aplicación de una táctica que no ha sido excluida y sigue respaldándose de presente».
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