España

Iglesias exige a Sánchez hacer pública la lista de amnistiados fiscales

Pedro Sánchez se acaba de encontrar con un pequeño gran problema. Podemos quiere ver la lista de los beneficiados por la amnistía fiscal aprobada por Cristóbal Montoro en 2012. El PSOE llegó a prometer en el pasado que la haría pública nada más llegar al poder, pero lo cierto es que no tiene ninguna intención de revelar la lista. Los equipos jurídicos del Estado afirman que no se puede desvelar, pero Pablo Iglesias ha ofrecido a sus bases la lista como prueba de su combate contra el fraude fiscal de los más “ricos”. El duelo por la lista está servido.

Podemos mantiene su deseo de publicar “la lista de amnistiados fiscales de los Gobiernos anteriores. Asimismo, incluiremos la prohibición de decretar amnistías fiscales en la Constitución, ya que una simple previsión legal puede cambiarse con la siguiente mayoría parlamentaria”. Los hombres de Iglesias se refieren de este modo a la prohibición de nuevas amnistías impuestas por el PSOE por medio de una ley.

Las bases y votantes de Podemos quieren los nombres de los amnistiados. Pero el PSOE sabe que eso, como le han avisado sus equipos jurídicos, supone romper las reglas de una amnistía que fue aprobada por ley del Parlamento español. Es decir, que supone dar un ejemplo nacional e internacional de inseguridad jurídica que puede hacer que nadie en años venideros se pueda fiar de las regulaciones españolas.

Además, a lo largo de estos años no ha sido sólo Podemos quien ha reclamado esa lista. El entonces diputado de Ciudadanos y portavoz en la Comisión de Hacienda del Congreso, Francisco de la Torre, solicitó hace un año al Gobierno el informe de la Abogacía del Estado en el que se basaba el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, para argumentar que «no resulta conforme al orden constitucional» publicar los nombres de quienes se acogieron a la amnistía fiscal de 2012.

De la Torre llegó a registrar en la Cámara Baja un escrito en el que pedía a la Presidencia del Gobierno el informe de la Abogacía del Estado de fecha 13 de julio de 2018 sobre «la imposibilidad por inconstitucionalidad de publicar los nombres de las personas que se acogieron a la amnistía fiscal» aprobada por decreto ley el 30 de marzo de 2012.

Ese es el documento al que se ha referido Sánchez desde su llegada al poder para exponer a los diputados los motivos de su negativa a publicar la lista. Pero ya en aquel momento, la portavoz de Unidos Podemos, Ione Belarra, y el entonces presidente de C’s, Albert Rivera, le reprocharon el incumplimiento de lo que hasta ese momento había sido una promesa del propio Sánchez y del PSOE lanzada cuando estaban en la oposición.

Rivera llegó a sugerir incluso que el presidente del Gobierno se negaba a dar a conocer esa lista porque en ella podría haber «socialistas o amigos del PSOE». Pero Sánchez, que anunció en aquellos momentos su reforma legal para prohibir futuras amnistías fiscales, afirmó no tener «ni idea» de quiénes son los amnistiados y que, en cualquier caso, lo que nunca pensaba hacer era «prevaricar».

El objetivo de aquella amnistía fiscal, aprobada en marzo de 2012, fue recaudar 2.500 millones de rentas no declaradas para reducir el déficit público. Para ello, permitió a personas físicas y jurídicas aflorar el dinero que tuvieran oculto en el extranjero pagando sólo un «gravamen especial» del 10% sin aplicación de recargos ni sanciones. A pesar de la medida, Hacienda sólo consiguió recaudar la mitad de los previsto, 1.191 millones de euros tras aflorar 40.000 millones.

Y hay que recordar que el Tribunal Constitucional anuló más tarde por inconstitucional la amnistía fiscal por haber sido regulada por real decreto ley. El alto tribunal argumentó que vulneraba el artículo 86.1 de la Carta Magna, que prohíbe el uso de esta figura legislativa para aprobar medidas que afecten «de forma relevante o sustancial» a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos recogidos en el Título I de la Constitución, como es el «deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos» (art.31.1), es decir, de pagar impuestos.