Hoy es el último día para solicitar el voto por correo para las elecciones generales 2019
Todos aquellos españoles que solicitaran el voto por correo dentro del plazo establecido ya habrán recibido en sus domicilios la documentación necesaria para poder emitir su voto a distancia en las elecciones generales de este 28 de abril. Este miércoles 24 de abril vencía el plazo para remitir esa documentación, pero ante la queja de miles de usuarios el plazo se ha ampliado a este jueves 25 de abril.
Faltan apenas unos días para que se celebre la repetición electoral del 10 de noviembre. Estas elecciones generales, las segundas de este 2019, se prevé que muchos ciudadanos hagan uso del voto por correo. Para realizar correctamente esta modalidad de sufragio hay que cumplir unos plazos establecidos por la normativa vigente. Los que quieran acogerse a este derecho de sufragio a distancia tienen hasta hoy, 31 de octubre de 2019, para solicitar la documentación en una oficina de Correos.
A partir del 28 de octubre, y hasta el 3 de noviembre, los electores y electoras recibirán en su domicilio los sobres y papeletas correspondientes, junto con el certificado de inscripción en el Censo y el sobre en el que aparece la mesa en la que le corresponde depositar su voto.
Una vez elegida la opción política que más le represente, el votante puede presentarlas en cualquier oficina de Correos hasta el 6 de noviembre. Las fechas, establecidas por la Ley Electoral, podrán ser modificadas por la Junta Electoral Central, como ya ocurrió en las elecciones generales del pasado 28 de abril, cuando el alto número de solicitudes de voto por correo obligó a ampliar los plazos.
La participación de estas elecciones generales de 2019 se espera como la más alta de los últimos años. Pero a los millones de votos que se contabilizarán este domingo 10 de noviembre, hay que sumarle los votos que se emiten a distancia por los españoles que viven en el extranjero y aquellos españoles que, por motivos diversos, se acogieron al derecho de participar en los comicios por correo.
Cabe recordar que la documentación enviada al domicilio del votante tiene que ser recogida expresamente por el ciudadano solicitante ya que se realiza mediante correo certificado para garantizar la privacidad del voto y la correcta utilización del mismo.
En caso de no poder hacer este proceso en persona por estar enfermo o tenga alguna incapacidad, esta situación se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso el trámite lo puede hacer otra persona, que deberá estar autorizada notarialmente.
Durante las elecciones generales del pasado 28 de abril. Durante la última jornada para solicitar el voto por correo, se produjeron 1.310.706 millones de solicitudes de votos a distancia. La cifra es algo menor que la que se registró en las pasadas elecciones generales de junio de 2016, aunque la participación total en este sufragio se espera histórica.
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