España
Ley Trans

El Gobierno obliga a examinarse de los derechos trans a los aspirantes a meteorólogos del Estado

El temario para el ingreso en el Cuerpo de Meteorólogos del Estado incluye contenidos sobre igualdad y la Ley Trans

  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Ministerio de Transición Ecológica ha convocado un proceso para el ingreso en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. El temario incluye, entre otros, contenidos sobre la Ley de Igualdad, de Violencia de Género o la más reciente Ley «para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI», conocida como Ley Trans y que fue aprobada por el Ministerio de Igualdad cuando lo dirigía Irene Montero. Esta ley ha resultado especialmente polémica al permitir el cambio de sexo sin requerir informes médicos ni psicológicos ni someterse a un procedimiento hormonal, como ocurría hasta entonces.

En el temario, al que ha tenido acceso OKDIARIO, se equiparan estos contenidos a los conocimientos sobre la Constitución o sobre la propia Agencia Estatal de Meteorología. También se incluyen la denominada Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Con ello, los aspirantes tendrán que preparar temarios específicos de Matemáticas, Física, Meteorología y Ciencias del Sistema Terrestre.

El examen

El primer ejercicio del examen consistirá en responder a un cuestionario de 70 preguntas relacionadas con estas materias. Después, los candidatos tendrán que resolver por escrito dos problemas sobre los conceptos del temario de Matemáticas, Física y Meteorología y Climatología. Quien supere estas pruebas deberá realizar un período obligatorio de formación teórica y práctica organizado por la Agencia Estatal de Meteorología con una duración de cinco meses.

Según indica el ministerio, «este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género». La asistencia a este curso selectivo es obligatoria.

Ley Trans

La Ley Trans resultó especialmente polémica al permitir la modificación registral de sexo sin informes médicos ni necesidad de acreditar procesos de hormonación.

La ley, además, permite el cambio ilimitado de sexo, sin condicionantes y únicamente con que el interesado manifieste su «disconformidad». No se establece ningún límite a las veces que una persona podrá instar esta modificación registral. Tanto el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como el Consejo de Estado advirtieron en sus informes de las consecuencias para el «orden público» y la «seguridad jurídica» de los cambios de sexo sin condicionantes ni limitaciones.

Desde la entrada en vigor de esta ley, el 2 de marzo de 2023, los cambios de sexo se han disparado. En concreto, el año pasado se registraron un total de 5.139 cambios registrales de sexo, el 61,5% de hombre a mujer. En 2022, esta cifra apenas fue de 1.336

La aplicación de esta ley ha dado lugar a casos polémicos. Hace unos meses, por ejemplo, el juez del Registro Civil de Las Palmas denegó el cambio de sexo a un sargento del Ejército del Aire que pretendía beneficiarse de la norma para ascender a subteniente. El magistrado apreció fraude de ley, señalando que «no es posible deducir con suficiente certeza que la finalidad perseguida con su solicitud se acomode al objetivo perseguido por la ley», «Antes al contrario, se colige que va dirigida a la obtención de las consecuencias jurídicas que, para promover la igualdad a través de la discriminación positiva, ésta y otras leyes establecen para las mujeres, o para las personas trans, sin que exista una voluntad real de expresión de género como mujer».

Ley Trans

La ley permite realizar un cambio de sexo en el Registro Civil sin exigir que la persona disponga de un informe médico o psicológico clínico que acredite «disforia de género». Sólo se precisará que se solicite el cambio por escrito, sin necesidad de presentar pruebas ni testigos, y que se ratifique en un plazo máximo de tres meses.

La ley es de aplicación a niños desde los 12 años, cuando se puede solicitar la modificación de sexo siempre y cuando el menor tenga la autorización de un juez, que evaluará su grado de madurez.

Entre los 14 y los 16 años, tendrá que estar acompañado de sus padres, si bien, en el caso de que no cuente con su consentimiento, se podrá nombrar un defensor judicial para resolver el conflicto. A partir de los 16 años, el cambio es totalmente libre.