El Gobierno admite en sus planes contra la pandemia que la ley que no quiere reformar es insuficiente
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El Gobierno asiste impasible al caos tras el fin del estado de alarma. La negativa a modificar la ley ha sumido a las comunidades autónomas en la desesperación total para combatir la pandemia. El Ejecutivo ha pasado en apenas unas horas de abrirse a un posible cambio legislativo a negarlo por completo. «Tenemos los instrumentos suficientes para poder hacer frente a cualquier contagio», ha insistido este lunes Pedro Sánchez. Sin embargo, en sus planes de control, el Gobierno viene a admitir precisamente lo contrario: que la legislación ordinaria puede no ser suficiente según la dimensión de la pandemia.
En el ‘Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19’, de julio del año pasado, el Gobierno aborda el «marco legislativo» actual para combatir el virus. Tras destacar que «todas las actuaciones de intervención deben respetar el marco constitucional de distribución de competencias», enumera las leyes vigentes: Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública; Ley 14/1986, de 14 de abril, General de Sanidad y la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Todas ellas ofrecen un marco de actuación a las autoridades competentes aunque, como han criticado distintos presidentes autonómicos -tanto de PSOE como de PP- en ningún caso se ofrecen garantías, por ejemplo, para mantener los toques de queda o los cierres perimetrales.
El Gobierno admite, de hecho, que «en todo caso, las medidas que se adopten con arreglo a esta legislación deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el caso de que impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental». Y ahí es, precisamente, de donde viene todo el embrollo jurídico actual. La parsimonia del Gobierno ha llevado, por ejemplo, a que los tribunales avalen el toque de queda en Baleares o Valencia, pero lo rechacen en el País Vasco y Canarias.
A continuación, en el mismo plan, el Gobierno reconoce que las medidas pueden resultar «insuficientes» según la «dimensión de la epidemia». En ese caso, se reserva la medida excepcional del estado de alarma «en todo o parte del territorio nacional».
En otro documento, ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19’, el Gobierno sigue la misma tesis. La legislación ordinaria no cubre todas las situaciones. El nivel de alerta 4 (por encima de los 250 casos por cada 100.000 habitantes) «supondrá la toma de medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales», se dice. Y, en ese caso, una vez más, la única solución es el estado de alarma. En todo o en parte del territorio.
Medidas recogidas en este plan -que fue actualizado el pasado 26 de marzo- requieren, de hecho, de una mayor garantía jurídica de la que ofrece la legislación ordinaria, como la limitación de»las entradas y salidas del área territorial evaluada excepto para actividades esenciales» que el Gobierno establece a partir de los 150 casos por 100.000 habitantes.
Estado de alarma ‘a la carta’
Pese a las quejas de los presidentes autonómicos, el Gobierno se resiste a acometer la reforma legislativa que permitiría que la ley sí fuese suficiente, sin necesidad de recurrir al estado de alarma.
En una tribuna en el diario El País, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se abría este lunes a explorar y proponer a las Cortes los «cambios legales adicionales» necesarios en el caso de que el Tribunal Supremo no respalde las medidas acordadas por las comunidades autónomas.
Sin embargo, apenas unas horas después, Campo reculaba y aseguraba que las comunidades tienen suficientes instrumentos legales para controlar la pandemia. El Gobierno «no está preparando ninguna norma porque las hay, hay un arsenal normativo», señalaba en declaraciones a La Sexta. El ministro ha recordado que las comunidades podrían pedir la declaración del estado de alarma en sus territorios: «Los gobiernos autonómicos siempre tienen la posibilidad de solicitar la declaración para su territorio, con el alcance que consideren, del estado de alarma. Es una posibilidad específicamente prevista en nuestra legislación, que el Gobierno central ya se ha comprometido a apoyar».
‘Plan B’
El Partido Popular ha insistido este lunes en su ‘plan B’. El número dos del partido Teodoro García Egea ha señalado que Sánchez lo tiene fácil para sacarlo adelante. «Es muy sencillo, está hecho, está registrado por Pablo Casado. En 15 días, se aprobaría y se acabaría con este caos. Les cedemos esta autoría de la solución jurídica con tal de que se solucione».
«Nos produce mucha pena. España no merece este caos que no se ha visto en ningún otro país del mundo. Llevamos desde abril de 2020 pidiendo un plan alternativo», ha afirmado por su parte Pablo Casado.
Pero para el Gobierno, por mucho que se refiera al «arsenal jurídico», sólo existe una solución: el estado de alarma. Y un deseo: que sean las comunidades autónomas las que se lo supliquen.
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