La fiscal de Madrid declara que García Ortiz le ordenó difundir los datos del novio de Ayuso
Su declaración confirma la confesión del Fiscal General del Estado, su superior jerárquico
El juez pretende encontrar "quiénes intervinieron en la decisión" de publicar la nota
La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, ha declarado que recibió la orden directa del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de difundir una nota con comunicaciones protegidas por el secreto profesional del abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
El magistrado Francisco José Goyena investiga la querella presentada por la pareja de la dirigente popular contra dos fiscales. González Amador denunciaba un presunto delito de revelación de secretos por funcionario cometido por la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y al fiscal Julián Salto.
El comunicado exponía una serie de correos electrónicos entre la Fiscalía y el abogado de González Amador. En esos correos se asumía la comisión de un delito para buscar un acuerdo de conformidad. Esa conversación está protegida por el secreto profesional y no puede darse a conocer ni utilizarse como prueba en un juicio.
Goyena ha preguntado este jueves a Lastra sobre la difusión de esta nota. Según apuntan fuentes judiciales, la fiscal superior de Madrid ha declarado que recibió la orden directamente de García Ortiz. Además, ha aclarado que ella se negó a publicarla en un primer momento porque era incompatible con el deber de confidencialidad. Sin embargo, lo hizo porque se lo pidió el Fiscal General del Estado y al ser su superior jerárquico, está obligada a ello por el artículo 25 del Estatuto Fiscal.
Según este precepto normativo, «el Fiscal General del Estado podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos».
Esta declaración de Lastra viene a confirmar la confesión del Álvaro García Ortiz. El Fiscal General del Estado admitió que era el responsable de la nota que se emitió y en la que se daba a conocer las comunicaciones protegidas por el secreto profesional. En una carta remitida al Tribunal Superior de Justicia de Madrid solicita que la causa se envíe al Supremo, ya que está aforado y es el juzgado competente para investigarlo. El Alto Tribunal todavía no se ha pronunciado y se ha limitado a trasladar este texto a las partes.
«Quiénes intervinieron en la decisión»
El juez pretende encontrar, después de que lo solicitase el novio de Ayuso, «quién o quiénes fueron las personas físicas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado de prensa y el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado».
El juez instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid solicitó la práctica de una serie de diligencias en un auto a mediados de mayo. Entre ellas, estaba que se les entregasen las «conversaciones mantenidas por el Ministerio Fiscal (emails recibidos y enviados) con el abogado de D. Alberto González Amador con ocasión de la defensa del mismo antes y después de hacerse público el comunicado».
El juez admitió la querella en contra de la opinión de la Fiscalía. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid argumentaba esta decisión discrepante en que «los hechos que en ella se relatan resultan atípicos».
Eso sí, el juez aclara en el auto en el que se admitió la querella del novio de Ayuso que no podía «entenderse nunca la admisión de una querella como un acto de imputación anticipada, ni una calificación ultimada de los hechos, ha de investigarse el verdadero alcance del conjunto de los hechos relatados en el escrito de la querella».
«Solamente de este modo puede cumplirse con una finalidad esencial del sumario, tal y como se contempla en el artículo 299 de la LeCrim, y que consiste en la determinación de todas las circunstancias que puedan influir en la calificación de los hechos, siempre que estos revistan indiciariamente carácter delictivo», añadía.
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