La declaración de bienes obligaba a Celaá a consignar el valor real de su casa y no el catastral
La norma exige que la información plasmada debe ser "transparente" y "comprensible"
La casa pegada a la que oculta la ministra Celaá se vende por 1,55 millones de euros
Moncloa niega que la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Isabel Celaá, haya ocultado en su declaración oficial de bienes –publicada hace una semana– poseer un chalé de más de 1,5 millones de euros, tal y como ha revelado en exclusiva OKDIARIO. El Ejecutivo asegura que es correcta la valoración en 195.000 euros que hace Celaá de este casoplón en Berango, una de las zonas residenciales más caras y lujosas próximas a Bilbao y Guecho.
Se trata de una mansión que dispone de 700 metros cuadrados habitables, parcela de 4.500 metros cuadrados, diez dormitorios, dos cocinas, bodega, txoko, salón, sala comedor, seis baños, garaje, tenis, frontón y piscina, todo ello, a tiro de metro de Bilbao. Según el Gobierno, esa cifra de 195.000 euros es válida porque Celaá habría indicado la valoración catastral, cuando, en verdad, lo que tendría que haber consignado es el valor real.
Esta afirmación del Gobierno se complementa con un argumento incierto: el de que la mecánica de esta declaración de bienes exige reseñar el valor catastral. Frente a ello, la realidad es que ni la ley, ni el reglamento, ni el modelo exigido de declaración de bienes y publicado en el BOE hacen alusión alguna a que esa valoración deba ser la catastral. Todo lo contrario, el preámbulo de la norma exige que la valoración e información plasmada sea «transparente» y «comprensible» por cualquier ciudadano.
Pese a la pompa con que el Gobierno socialista de Pedro Sánchez vendió esta publicación de las declaraciones patrimoniales de sus altos cargos, el ejercicio de transparencia no ha sido tal.
Estas declaraciones omiten a los ciudadanos información clave para interpretar las posesiones reales de ministros, secretarios de Estado, embajadores y otros miembros de la Administración General del Estado. Como, por ejemplo, el valor real de sus bienes inmuebles. Ni la ley –’Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado’– ni la orden que la desarrolla –’Orden HAP/1176/2015, de 15 de junio’– ni el modelo de ficha por el que se hace pública esa información –plasmado en el BOE– indican que la cifra que se registra como «bienes inmuebles» corresponda a su valor catastral, como así se defiende desde el Ejecutivo.
La Moncloa ha tratado de rebatir así la exclusiva de OKDIARIO sobre el chalé de lujo de su portavoz, Isabel Celaá, una espectacular mansión en un paraje idílico y con un tamaño similar a ocho VPO. Pero la argumentación de Moncloa, además, permite maquillar los bienes de sus altos cargos, a los que, de cara a la opinión pública, beneficia enormemente reducir las cuantías lo más posible o juntar partidas, como los planes de pensiones, camuflados en algunos casos como seguros de vida.
La vivienda de Celaá fue tasada en la escritura firmada junto a su marido en 2010 en 1,08 millones de euros, en plena crisis
Celáa asegura en el BOE tener propiedades por valor de 195.408,34 euros. Sin embargo, disfruta en gananciales de una vivienda que fue tasada en 1,08 millones al escriturarla en 2010, en plena crisis. Un inmueble de 4.500 metros cuadrados de finca y 700 metros cuadrados de vivienda en una de las mejores zonas residenciales próximas a Bilbao.
La ley de altos cargos de 2015 no especifica en ningún momento que los bienes tengan que ser registrados por su valor catastral. Es más, el artículo 21.5 obliga a publicar una «declaración comprensiva de la situación patrimonial» del alto cargo. Es decir, una fotografía fiel de su patrimonio, con la única omisión de los datos referentes a su localización para salvaguardar su seguridad.
Y el artículo 17 sólo indica que los altos cargos tendrán la obligación de presentar su declaración de bienes y derechos al Registro de Bienes y Derechos Patrimoniales de altos cargos en el plazo «improrrogable» de tres meses desde su toma de posesión y cese, además del certificado de su última declaración anual del impuesto sobre el patrimonio, una copia de su declaración del IRPF y una certificación de la Agencia Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones.
Un modelo engañoso
De ahí que el valor catastral no puede ser considerado un indicador de referencia a efectos de la transparencia. De hecho, la propia ley, en su preámbulo, deja claro que los ciudadanos tienen derecho «a una información transparente, clara y comprensible» sobre sus altos cargos.
El modelo aprobado para trasladar los datos en el BOE (modelo 7) no dice en ninguna parte que esos bienes se consignen por su valor catastral, como se muestra en la imagen.
Se trata de un modelo muy simplificado, que tergiversa por completo la información que se traslada al ciudadano, incapaz de conocer realmente el valor real del inmueble (valor de tasación).
Ese modelo tampoco indica, por ejemplo, si se trata de una propiedad compartida con el cónyuge. Otro dato clave para entender la situación real del alto cargo. Según la nota del Registro de la Propiedad a la que ha tenido acceso OKDIARIO, el inmueble de Celaá es propiedad de la ministra y de su marido –José Ignacio Aspichueta– en régimen de gananciales. Celaá registró únicamente la mitad del valor catastral, pero en ningún lugar-ni en la ley ni en el modelo-se explica si la cifra corresponde al valor total o solo a la parte que corresponde al cargo en cuestión.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, vino a confirmar involuntariamente que el valor catastral no es un indicador de referencia a efectos de transparencia. «No se corresponde con el precio del mercado», afirmó, tras conocerse la polémica sobre la portavoz del Gobierno.
El preámbulo de la norma que regula los deberes de los altos cargos aporta más luz. Esta ley señala en su arranque que los principios inspiradores de los deberes de comunicación son la «transparencia» y la «comprensibilidad» por los ciudadanos. Algo que difícilmente se puede defender al incluir valores catastrales que en absoluto reflejan la realidad de los patrimonios de los políticos.
Tasación de subasta
El caso de Celaá es aún más llamativo. Y es que en su propia escritura se recoge una tasación de la casa a efectos de subasta y provocada por el crédito hipotecario que incorpora el chalé. Esa valoración marca que el precio más bajo al que se debería vender sería de 1,08 millones de euros. Esa valoración fue incluida en abril de 2010. Y Celaá, evidentemente, era totalmente conocedora de esa tasación.
OKDIARIO se ha puesto en contacto con Moncloa para pedir que se aportara el texto legal que fija que la valoración debe ser la catastral. Tras una larga conversación, Moncloa ha aportado otros impresos de comunicaciones diferentes, pero no el correspondiente al registro de bienes de los altos cargos que, como se puede observar en la noticia, no incluye alusión alguna al valor catastral.
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